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BOC Nº 101. Martes 24 de mayo de 2022 - 1724

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca

1724 Viceconsejería de Sector Primario.- Resolución de 19 de abril de 2022, relativa a la modificación del ámbito geográfico de actuación de la Organización de Productores de Plátanos nº 4.29, Agrícola Llanos de Sardina, S.C.L.

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BOC-A-2022-101-1724. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por la Resolución nº 517, de la Viceconsejería de Sector Primario, de 14 de diciembre de 2015, se reconoce a la entidad Agrícola Llanos de Sardina, S.C.L., como Organización de Productores de Plátanos (OPP), con un ámbito geográfico de actuación que abarcaba la isla de Gran Canaria, en virtud del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios; del Reglamento (CE) nº 919/94 de la Comisión, de 26 de abril de 1994, por el que se establecen disposiciones en lo que respecta a las organizaciones de productores de plátanos, modificado por el Reglamento (CE) nº 219/2005 de la Comisión, de 10 de febrero de 2005, y del Decreto del Gobierno de Canarias nº 87/2002, de 16 de julio, por el que se regula el procedimiento para el otorgamiento, control, revocación e inscripción del reconocimiento de una organización de productores de plátanos.

Segundo.- Por Resolución nº 48, de la Viceconsejería de Sector Primario, de 28 de enero de 2016, se modificó el resuelvo segundo de la citada Resolución de 14 de diciembre de 2015, estableciéndose un ámbito geográfico de actuación que abarca las islas de Gran Canaria y de Tenerife.

Tercero.- Por Resolución nº 270, de la Viceconsejería de Sector Primario, de 19 de febrero de 2018, se modificó el resuelvo segundo de la Resolución nº 517, de la Viceconsejería de Sector Primario, de 14 de diciembre de 2015, otorgándole un ámbito geográfico de actuación de la Organización de Productores de Plátanos Agrícola Llanos de Sardina, S.C.L., a las islas de Gran Canaria, de Tenerife y de La Palma.

Cuarto.- Con fecha de 21 de marzo de 2022, tiene entrada en esta Consejería un escrito de la OPP Agrícola Llanos de Sardina, S.C.L. en el que declara que ya no cuenta con el empaquetado en la isla de La Palma, y solicitando reducir el ámbito geográfico.

La solicitud se realiza como consecuencia de que no disponen de medios ni socios con explotaciones en la citada isla.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- En virtud de lo establecido en el apartado A), letra d), del artículo 8, del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por el Decreto 110/2018, de 23 de julio, modificado por el Decreto 24/2020, de 11 de marzo, corresponde a la Viceconsejería de Sector Primario la competencia sobre la inscripción, control, asistencia y promoción de las Organizaciones de Productores.

Segundo.- Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización de mercados agrícolas de los productos agrarios.

Tercero.- Decreto 87/2002, de 16 de julio, por el que se regula el procedimiento para el otorgamiento, control, revocación e inscripción del reconocimiento de organizaciones de productores de plátanos.

Visto el Informe-Propuesta del Servicio de Asociacionismo Agrario, de 18 de abril de 2022, relativo a la modificación del ámbito geográfico de actuación de la OPP nº 4.29 Agrícola Llanos de Sardina, S.C.L.

Vistos los preceptos legales citados y demás normas de general y pertinente aplicación, y en virtud de las facultades que tengo legalmente atribuidas,

RESUELVO:

Modificar el resuelvo segundo de la Resolución nº 517, de la Viceconsejería de Sector Primario, de 14 de diciembre de 2015, otorgándole a la Organización de Productores de Plátanos nº 4.29, Agrícola Llanos de Sardina, S.C.L., un ámbito geográfico de actuación que abarca las islas de Gran Canaria y de Tenerife.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la titular de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación, conforme disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 19 de abril de 2022.- El Viceconsejero de Sector Primario, Álvaro de la Barcena Argany.

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