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BOC Nº 067. Martes 5 de abril de 2022 - 1122

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1122 Dirección General de Deportes.- Extracto de la Resolución de 25 de marzo de 2022, por la que se amplían los créditos disponibles de la convocatoria con carácter anticipado de subvenciones efectuada por Orden de 1 de diciembre de 2021, respecto a la base específica de la Línea 3, de apoyo a la participación internacional de clubes deportivos canarios que disputen categorías absolutas de ámbito europeo de las distintas modalidades deportivas.

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BOC-A-2022-067-1122. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 598543.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/598543).

Primero.- Beneficiarios.

Tendrán la consideración de entidad beneficiaria los clubes deportivos canarios que disputen competiciones oficiales de categorías absolutas de ámbito nacional y europeo de las distintas modalidades deportivas y que reúnan los siguientes requisitos:

a) Los equipos de los clubes deportivos canarios deberán practicar modalidades deportivas que se desarrollen de forma colectiva, es decir, a través de un equipo deportivo, quedando excluidas del ámbito de aplicación de estas normas las personas deportistas a título individual, aunque compitan representando a un club.

b) Los equipos de los clubes deportivos canarios deberán participar en una competición oficial regular mediante el sistema de liga de categoría nacional y categoría absoluta, en virtud del cual, un grupo de equipos, a lo largo de la temporada, compiten entre sí (todos contra todos o por grupos, según el sistema de competición que aplique la federación española correspondiente), tanto en sus instalaciones como en las de los otros equipos. Excepcionalmente, se podrán atender modalidades cuyas competiciones no estén organizadas por el sistema de liga, sino por el de concentraciones, siempre de categoría absoluta. A los efectos de esta convocatoria el sistema de competición por concentraciones será aquel que está compuesto por más de una concentración (que obligatoriamente supondrá dos o más desplazamientos entre Canarias y la Península, Baleares, Ceuta y/o Melilla) y del cual se obtiene una clasificación final, fruto de la suma de las competiciones de estas concentraciones, y que otorgue las posiciones finales para las fases de ascenso, descenso, permanencia en la categoría u otras que reconozca la reglamentación oficial que regula cada modalidad deportiva. En el caso de competiciones por concentración que se dispute únicamente la permanencia en la categoría, sin existir la posibilidad de ascender y/o descender de categoría, quedarán excluidos.

c) Los clubes deportivos canarios debidamente inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Canarias (en adelante REDC), siempre y cuando hayan permitido la participación de sus deportistas y del personal técnico en las convocatorias realizadas por la Dirección General de Deportes en eventos o competiciones organizadas por esta o por las federaciones deportivas canarias para la preparación o integración de selecciones autonómicas, durante las tres últimas temporadas.

Segundo.- Objeto.

El objeto de las presentes bases es establecer las normas reguladoras de la concesión de las subvenciones para los clubes deportivos canarios que disputen categorías absolutas de ámbito nacional de las distintas modalidades deportivas, y destinadas a:

a) Línea 1: apoyar la financiación de los gastos corrientes de funcionamiento y de gestión administrativa de los clubes deportivos canarios que disputen categorías absolutas de ámbito nacional de las distintas modalidades deportivas, y que contribuyan a la promoción turística del destino Islas Canarias Latitud de Vida, con la Marca “Islas Canarias Latitud de Vida”, para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año inmediatamente anterior a la convocatoria.

b) Línea 2: apoyar la financiación de las actividades deportivas de los clubes deportivos canarios que disputen categorías absolutas de ámbito nacional de las distintas modalidades deportivas, para el periodo comprendido entre el 16 de julio del año inmediatamente anterior a la convocatoria y el 15 de julio del año de la convocatoria.

c) Línea 3: apoyar la financiación de las actividades deportivas de los clubes deportivos canarios que disputen competiciones oficiales europeas de las distintas modalidades deportivas, para el periodo comprendido entre el 16 de julio del año inmediatamente anterior a la convocatoria y el 15 de julio del año de la convocatoria

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden de 28 de octubre de 2021, de la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, por la que se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones destinadas a apoyar a clubes deportivos canarios que disputen categorías absolutas de ámbito nacional y europeo de las distintas modalidades deportivas.

Cuarto.- Cuantía.

Se amplía en cien mil (100.000,00) euros el crédito inicial de la convocatoria de doscientos cuarenta mil (240.000,00) euros de la citada Línea 3. Por tanto, el importe total es de trescientos cuarenta mil (340.000,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.12. 336 480.02.00 L.A. 184G1224 “Apoyo a la participación internacional de clubes”.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de marzo de 2022.- El Director General de Deportes, Manuel López Santana.

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