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BOC-A-2022-036-566.
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Según lo establecido en el artículo 13.3 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales, constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, reguladora del derecho de asociación sindical (BOE nº 80, de 4.4.1977), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo en virtud del Decreto 9/2020, de 20 de febrero (BOC nº 44, de 4 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Conocimiento y Empleo, se hace público que en este Centro Directivo se ha depositado la documentación del acuerdo de disolución de la asociación profesional que se detalla:
DENOMINACIÓN: Asociación de Profesionales del Cuchillo Tradicional Canario.
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
DOMICILIO: calle San José del Álamo, Lo Blanco, 35018-Las Palmas de Gran Canaria.
ÁMBITO FUNCIONAL: podrán ser miembros de la Asociación todas aquellas personas, con capacidad de obrar, que, reuniendo los requisitos recogidos en el artículo 6 - Fines, punto 1º, de los Estatutos, y manifiesten su voluntad de contribuir al logro de los fines asociativos y abonen la cuota de ingreso que, a tal efecto, se determine.
FIRMANTES DEL ACTA DE LA SESIÓN:
D. Felipe Ojeda Déniz, D. Jesús García Medina, D. Ramón García Artiles, D. Manuel Gil Naranjo, D. Francisco Torres Rodríguez y D. Franciso Calvo Berenjena.
Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen pertinentes en el plazo de veinte días contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, remitiendo las mismas a este Centro Directivo en la calle León y Castillo, nº 200, Edificio de Servicios Múltiples III, planta 0, 35071-Las Palmas de Gran Canaria, o en la Prolongación de la calle Ramón y Cajal, nº 3, Edificio Salesianos Semisótano 1, local 5, 38071-Santa Cruz de Tenerife.
Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de febrero de 2022.- El Director General de Trabajo, Alejandro Ramos Guerra.
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