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BOC Nº 31. Lunes 15 de febrero de 2021 - 734

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Puerto del Rosario

734 EDICTO de 10 de diciembre de 2020, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0000716/2019.

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BOC-A-2021-031-734. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Susana Pérez Soriano, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Puerto del Rosario y su Partido.

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Puerto del Rosario, a 9 de diciembre de 2020.

Vistos por Dña. María de Coromoto Lozano León, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 6 de Puerto del Rosario los presentes autos de familia. Divorcio contencioso, nº 0000716/2019 seguido entre partes, de una como demandante Fátima Ouarane, dirigida por la Abogada Dña. Hesna Addat Asouab, y representada por la Procuradora Dña. Nélida Cristina Santana Pérez y de otra como parte demandada Lahcen Kaissa.

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda presentada por el/la procurador/a de los tribunales Dña. Nélida Cristina Santana Pérez, en nombre y representación de Dña. Fátima Ouarane, contra D. Lahcen Kaissa, acuerdo:

Declarar la disolución del matrimonio por divorcio de Dña. Fátima Ouarane y D. Lahcen Kaissa, con los efectos legales que dicho pronunciamiento conlleva.

No procede hacer especial pronunciamiento en materia de costas.

Una vez firme esta sentencia, procédase a su inscripción en el Registro Civil.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Ministerio Fiscal haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer ante este Juzgado recurso de apelación en el plazo de veinte días contados a partir de su notificación y del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial.

Expídase y únase certificado de esta sentencia a las actuaciones, llevando el original al Libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Lahcen Kaissa, expido y libro el presente en Puerto del Rosario, a 10 de diciembre de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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