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BOC-A-2020-239-4423.
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D./Dña. María Victoria Batista Estévez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
En Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de junio de 2020.
"Vistos Enrique Criado del Real, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria los presentes autos de juicio verbal (desahucio precario-250.1.2), nº 1180/2019 seguido entre partes, de una como demandante Coral Homes, S.L.U., dirigida por la Abogada Dña. Maryelín Méndez Hernández y representada por la Procuradora Dña. Ana Jesús García Pérez y de otra como demandada ignorados ocupantes de la vivienda sita en Carretera a Las Torres, 7, planta 4, puerta 1, c.p. 35010-Las Palmas de Gran Canaria, en rebeldía."
"Que estimando la demanda formulada por la representación de "Coral Homes, S.L.U.", contra los ignorados ocupantes de la vivienda."
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme y que cabe interponer recurso de apelación para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido ignorados ocupantes, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de octubre de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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