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BOC-A-2020-239-4422.
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D./Dña. Alejandro Guerra Velázquez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
"SENTENCIA
En Arrecife, a 23 de mayo de 2019.
Dña. Silvia Muñoz Sánchez, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife, habiendo visto los autos del juicio promovido por Bankia Habitat, S.L.U., representado por el Procurador Dña. Mónica Padrón Franquiz y asistidos por el Letrado D. Fernando Montalvo Soto; contra D. El Mouktar Grich, vengo a resolver en base a los siguientes
FALLO
Que debo acordar y acuerdo estimar la demanda formulada por el Procurador Dña. Mónica Padrón Franquiz en nombre y representación de Bankia Habitat, S.A., contra D. El Mouktar Grich y en consecuencia, procede condenar a D. El Mouktar Grich a restituir en la posesión al actor y a que, firme que sea esta sentencia deje libre, vacua y a disposición de la actora la vivienda sita en calle Francia, nº 4, de Playa Blanca (fase 1, Residencial Virginia Oasis, vivienda nº 11, parcela 71), apercibiéndole de lanzamiento caso contrario.
Procede la condena en costas a la parte demandada.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la presente pueden interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Las Palmas, mediante escrito con firma de Letrado, en este Juzgado, para cuya admisión deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros.
Por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.- El/la Magistrada-Juez.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. desconocidos ocupantes y El Moukhtar Grich, expido y libro el presente en Arrecife, a 21 de octubre de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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