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BOC-A-2020-222-3980.
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D./Dña. David Carralero Núñez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
En Santa Cruz de Tenerife, a 14 de septiembre de 2020.
Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María Raquel Alejano Gómez, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de juicio verbal (Desahucio precario-250.1.2), nº 270/2020 seguido entre partes, de una como demandante Gramina Homes, S.L., dirigida por la Abogada Dña. Maryelín Méndez Hernández y representada por la Procuradora Dña. Ana Jesús García Pérez y de otra como demandada ignorados ocupantes y Donato Daniel Linares Afonso sobre desahucio.
"FALLO
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey, por la autoridad que me confiere la Constitución, esta Magistrada-Juez ha decidido estimar la demanda de Gramina Homes, S.L.U. contra D. Donato Daniel Linares Afonso e ignorados ocupantes, y por tanto
Condeno a D. Donato Daniel Linares Afonso y a los ignorados ocupantes que hubiese, al desalojo de la finca sita en la calle Juan Rodríguez Santos 19-21 (Edificio Alejandro), planta 2, puerta 9, Santa Cruz de Tenerife, con apercibimiento de lanzamiento si no se produce el desalojo en plazo legal de conformidad con el artº. 704 LEC, y teniendo en cuenta lo previsto en el artº. 703.3 LEC; y al pago de las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la misma podrá interponer recurso de apelación ante este Juzgado dentro del plazo de veinte días desde el siguiente a la notificación. Deberán exponer las alegaciones en que se base la impugnación y citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Del presente recurso conocerá la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife (artículos 458 y 463 LEC en redacción dada por Ley 37/2011, de 10 de octubre).
Y para que sirva de notificación al demandado y a ignorados ocupantes y Donato Daniel Linares Afonso, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 22 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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