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BOC Nº 214. Martes 20 de octubre de 2020 - 3773

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial

3773 Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente.- Resolución de 2 de octubre de 2020, por la que se requiere la subsanación de solicitudes presentadas en la convocatoria de subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Canarias para 2020.

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BOC-A-2020-214-3773. Firma electrónica - Descargar

Examinada la propuesta de resolución del Servicio de Coordinación de Parques Nacionales y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1) Mediante Orden nº 222/2017, de 10 de julio, de la Consejera de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad (BOC nº 140, de 21.7.17), modificada por Orden nº 135/2020, de 26 de mayo, de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial (BOC nº 114, de 9.6.2020), se establecen las bases generales que han de regir las convocatorias para la concesión de subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Canarias.

2) Por Orden nº 166/2020, de 23 de junio, de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial (BOC nº 138, de 9.7.2020) se convocan subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Canarias para el ejercicio 2020.

3) El 10 de agosto de 2020 finalizó el plazo de presentación de solicitudes a esta convocatoria.

4) Revisadas las solicitudes presentadas se constata que algunas de las mismas no acompañan datos o documentación preceptiva según prevén las bases reguladoras. Por ello, se hace necesario requerir a los interesados con el fin de que subsanen o completen los documentos o datos que deban presentarse.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- De acuerdo a la base 10ª, apartado 1, de las bases generales que rigen la convocatoria, el órgano designado para la instrucción del procedimiento de concesión de la subvención es la Dirección General competente en materia de parques nacionales. En este sentido, el órgano instructor resulta ser la Dirección General de Lucha Contra el Cambio Climático y Medio Ambiente, según establece el artículo 38.3.d) del Decreto 137/2016, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, en relación con lo indicado en la Disposición transitoria primera del Decreto 203/2019, de 1 de agosto, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

Segundo.- La mencionada base 10ª, en su apartado 2, establece que si la solicitud no reúne todos los requisitos exigidos en dichas bases, el órgano instructor requerirá al interesado para que en el plazo de diez (10) días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, advirtiéndole que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero.- La Orden de convocatoria de la anualidad 2020 establece en el apartado segundo de su parte resolutiva, punto V "medios de notificación", que la notificación a los interesados del requerimiento para la subsanación de la solicitud se llevará a cabo mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias de conformidad con la previsión contenida en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de su publicación en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General, en uso de las atribuciones que tiene conferidas de acuerdo con la base 10ª de las bases generales que rigen la convocatoria,

R E S U E L V E:

Primero.- Requerir a los interesados que se detallan en el anexo de esta Resolución, todos ellos peticionarios de las subvenciones en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Canarias para el ejercicio 2020, convocadas mediante Orden nº 166, de 23 de junio de 2020, para que en el plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, aporten, completen o subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos señalados en dicho anexo, de conformidad con lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, advirtiéndoles de que si así no lo hiciesen se les tendrá por desistidos de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos del artículo 21 de la citada Ley.

La documentación de subsanación podrá presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y en la sede electrónica de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de octubre de 2020.- El Director General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente, José Domingo Fernández Herrera.

Ver anexo en las páginas 28450-28452 del documento Descargar

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