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BOC-A-2018-105-2593.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Telde, a 26 de enero de 2016.
Vistos por la Ilma. Sra. Dña. María del Carmen López Tomasety Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Telde los presentes autos de Juicio verbal (250.2), nº 0000569/2015 seguido entre partes, de una como demandante Cofidis, S.A. Sucursal en España, dirigido por el Letrado D. Julián López González y representado por el Procurador Dña. María de los Dolores Betancor Quintana y de otra como demandada Dña. Adassa del Carmen Suárez Cruz, sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Estimando parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. María de los Dolores Betancor Quintana, en nombre y representación de Cofidis, S.A. Sucursal España frente a doña Adassa del Carmen Suárez Cruz, condeno a dicha demandada a que satisfaga a la actora la suma de 1.185,75 euros, más intereses legales y declarando abusiva y nula la condición general 8 de comisiones de devolución y 9 de incumplimiento obligaciones.
No se hace expresa condena en materia de costas.
Esta resolución es firme y frente a la misma no cabe recurso de apelación de conformidad con el artículo 455.1 LEC.
Así por esta mi sentencia, dictada en primera y única instancia, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la D./Dña. Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado de la Administración de Justicia doy fe, en Telde, a 26 de enero de 2016.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Adassa del Carmen Suárez Cruz, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Telde, a 8 de mayo de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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