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BOC-A-2018-079-1945.
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D./Dña. Sandra Bonilla Ruiz, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Puerto de la Cruz y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Puerto de la Cruz, a 31 de enero de 2018.
Vistos por Dña. María Benito Bethencourt, Sra. Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Puerto de la Cruz, los presentes autos del Juicio Ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el nº 368/2016, a instancia de D. Pedro Ramón González Hernández, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Estellé Afonso, contra Panornas, S.L.
FALLO
Se estima parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Pedro Ramón González Hernández contra Panormas, S.L. con condena de la demandada al pago de la cantidad de 239.939,76 euros a favor de la actora, más los intereses legales devengados desde el 20 de diciembre de 2016.
Las partes abonarán las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Notifíquese a las partes esta sentencia, póngase en su conocimiento que no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a su notificación, correspondiendo la competencia para resolverlo a la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Panornas, S.L., expido y libro el presente en Puerto de la Cruz, a 21 de marzo de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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