Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 234.42 Kb.
BOC-A-2016-022-354.
Firma electrónica
- Descargar
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
DECRETO
En Arona, a 8 de junio de 2015.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Por la procuradora Dña. Diana Ruth Mendoza Suárez en nombre y representación de D. Juan Felipe Alonso García se ha presentado escrito promoviendo la formación de inventario de bienes del régimen económico matrimonial existente entre el anterior y Dña. María Elsa García González.
Segundo.- Por resolución de 21 de octubre de 2014 se admitió a trámite la solicitud, habiéndose señalado la comparecencia para la formación de inventario el día 20 de mayo de 2015, a la que solo compareció el demandante.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- El artículo 456.2 y 4 de la LOPJ en relación con el artº. 7.b) del Real Decreto 1608/2005, de 30 de diciembre por el que se aprueba el reglamento orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, concede a este la facultad de dictar decretos, cuando deba de poner término a un procedimiento del que tenga atribuida exclusiva competencia o, en cualquier procedimiento, cuando sea preciso o conveniente razonar su decisión, como ocurre en el presente caso.
Segundo.- Según el artº. 808 de L.E.C., cualquiera de los cónyuges podrá solicitar la formación de inventario que se practicará en la forma y modo dispuesto en el artº. 809, que determina que si en el día y hora señalados para la formación de inventarío, sin mediar causa justificada, no compareciere alguna de las partes se le tendrá por conforme con la propuesta de inventario que efectúe la que comparezca; en el presente caso, el día señalado para la formación de inventario, compareció sólo la parte demandante, por lo que debe aprobarse la propuesta de inventario presentada por dicha parte.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO.- Se aprueba la propuesta de inventario presentada por D. Juan Felipe Alonso García, en los siguientes términos:
BIENES:
1.- Parcela nº 16 del sitio que llaman "Cañada Verde" de cinco áreas y cuarenta y seis centiáreas (546 metros cuadrados), junto con la vivienda (de 78 metros cuadrados) y el aparcamiento (de 48 metros cuadrados) sitos en la calle Belaño, nº 40, Guargacho, Arona, construidos sobre la citada parcela.
2.- Vivienda sita en la calle Luis Alvarez Cruz, nº 6, Edificio "Bahía Azul", Es: B, PI:01, Pt: 2, Las Galletas, Arona.
3.- Mobiliario y enseres existentes en el domicilio familiar.
DEUDAS:
No constan.
MODO DE IMPUGNACIÓN.- Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este/a Secretario/a Judicial.
Así lo acuerdo y firmo, D./Dña. Esperanza Torregrosa Sala, Secretario/a Judicial, del Juzgado de Primera Instancia nº 2. Doy fe.- El/la Secretario/a Judicial.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Candelaria Elsa García González se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.- El/la Letrado de la Administración de Justicia.
© Gobierno de Canarias