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BOC-A-2015-134-3288.
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D./Dña. Paloma Viñas Tormo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 30 de abril de 2015.
Vistos por mí, Dña. María del Carmen Izquierdo Moreno, Juez de este Juzgado de Primera Instancia y su Partido, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos ante este Juzgado bajo el nº 692/2014, a instancia de la Comunidad de Propietarios Jardines Colgantes, representada por el Procurador D. Leopoldo Pastor Llarena y defendida por el Letrado Dña. Yurena González, contra D. Nicolay Stragys y Dña. Natalia Stragis, en rebeldía procesal, en reclamación de la cantidad de 642,39 euros, y atendiendo a los siguientes
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Comunidad de Propietarios Jardines Colgantes, representada por el Procurador D. Leopoldo Pastor Llarena y defendida por el Letrado Dña. Yurena González, debo condenar y condeno a D. Nicolay Stragys y Dña. Natalia Stragis en rebeldía procesal, al pago de la cantidad de 726,89 euros, más los intereses legales de dicha cantidad; todo ello, con expresa condena al pago de las costas procesales.
Notifíquese la presente sentencia a las partes haciéndoles saber que la misma es firme.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo yo Dña. María del Carmen Izquierdo Moreno, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Arona.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Nicolay Stragys y Natalia Stragis, expido y libro el presente en Arona, a 4 de mayo de 2015.- El/la Secretario/a Judicial.
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