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BOC-A-2014-086-1898.
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D./Dña. Juan Manuel Pérez Ramos, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 (Antiguo mixto nº 3) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
La Ilma. Sra. Dña. Carmen Rosa Marrero Fumero, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de San Cristóbal de La Laguna, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento de Divorcio 578/2013, seguidos en virtud de demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Patiño Beautell en nombre y representación de Dña. Xiomara María Rodríguez Cabrera, asistida por el Letrado Sr. Corrales Rolo, frente a D. Luis Arturo Fagundez Palma, en situación de rebeldía procesal, ha resuelto dictar la presente
SENTENCIA
En San Cristóbal de La Laguna, a 27 de enero de 2014.
FALLO
Se estima la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Patiño Beautell en nombre y representación de quien comparece, y en consecuencia se declara disuelto por divorcio el matrimonio contraído el 4 de mayo de 2007 por D. Luis Arturo Fagundez Palma y Dña. Xiomara María Rodríguez Cabrera, con los efectos legales inherentes a tal pronunciamiento.
Todo ello, sin hacer expresa condena en costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, con la expresa advertencia de que contra la misma cabe recurso de apelación, a interponer por escrito ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación.
Así por esta, mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, llevándose el original al legajo de sentencias, la pronuncio, mando y firmo. La Magistrada-Juez.
PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la Ilma. Magistrada-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Luis Arturo Fagundez Palma, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 27 de enero e 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
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