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BOC Nº 86. Martes 6 de Mayo de 2014 - 1898

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 3 (Antiguo mixto nº 3) de San Cristóbal de La Laguna

1898 EDICTO de 27 de enero de 2014, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0000578/2013.

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BOC-A-2014-086-1898. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Juan Manuel Pérez Ramos, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia nº 3 (Antiguo mixto nº 3) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

La Ilma. Sra. Dña. Carmen Rosa Marrero Fumero, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de San Cristóbal de La Laguna, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento de Divorcio 578/2013, seguidos en virtud de demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Patiño Beautell en nombre y representación de Dña. Xiomara María Rodríguez Cabrera, asistida por el Letrado Sr. Corrales Rolo, frente a D. Luis Arturo Fagundez Palma, en situación de rebeldía procesal, ha resuelto dictar la presente

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a 27 de enero de 2014.

FALLO

Se estima la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Patiño Beautell en nombre y representación de quien comparece, y en consecuencia se declara disuelto por divorcio el matrimonio contraído el 4 de mayo de 2007 por D. Luis Arturo Fagundez Palma y Dña. Xiomara María Rodríguez Cabrera, con los efectos legales inherentes a tal pronunciamiento.

Todo ello, sin hacer expresa condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, con la expresa advertencia de que contra la misma cabe recurso de apelación, a interponer por escrito ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta, mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, llevándose el original al legajo de sentencias, la pronuncio, mando y firmo. La Magistrada-Juez.

PUBLICACIÓN.- La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por la Ilma. Magistrada-Juez que la suscribe, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Luis Arturo Fagundez Palma, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 27 de enero e 2014.- El/la Secretario/a Judicial.

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