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BOC Nº 021. Lunes 2 de Febrero de 2009 - 144

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

144 - ORDEN de 23 de enero de 2009, por la que se delega en el Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, la competencia en materia de autorización de ampliaciones de crédito que amparen gastos de personal en dicho Organismo Autónomo.

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El artículo 22.c) de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009, atribuye a los titulares de los Departamentos la competencia para la autorización de las ampliaciones de créditos que amparen gastos de personal, en los supuestos a que se refieren: el artículo 56.1.e) de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria; la letra h) de la relación de créditos ampliables sin cobertura, del anexo I de la misma Ley y las letras a), b) y n) del apartado 1 de la relación de créditos ampliables con cobertura, del anexo I de dicha ley.

El artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, posibilitan la delegación de competencias en el Órgano que, por aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo.

Circunstancias de índole técnica, con el objeto de agilizar y alcanzar una mayor eficacia en la gestión presupuestaria de dicho Organismo Autónomo, aconsejan delegar, en el Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, la competencia a que se refiere el artículo 22.c) de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria, la competencia para autorizar las ampliaciones de créditos que amparen gastos de personal en dicho Organismo Autónomo a que se refiere el artículo 22.c) de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Las resoluciones administrativas que se adopten en el ejercicio de la competencia delegada por la presente Orden, harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas a todos los efectos por su titular.

Cuarto.- La delegación a la que se refiere la presente Orden, surtirá sus efectos durante el ejercicio presupuestario de 2009, sin perjuicio de las facultades de revocación y avocación que podrán ser ejercidas en cualquier momento.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de enero de 2009.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN.

María del Pilar Merino Troncoso.

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