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BOC Nº 239. Viernes 28 de Noviembre de 2008 - 1835

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes

1835 - Dirección General de Promoción Educativa.- Resolución de 12 de noviembre de 2008, por la que se corrigen errores materiales de la Resolución de 5 de agosto de 2008, que resuelve la convocatoria de becas al alumnado matriculado en 4º E.S.O., Bachillerato o Ciclos Formativos, para la realización de cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero, durante el verano de 2008, convocadas por Orden de 22 de abril de 2008.

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Examinado el procedimiento iniciado por Orden de 22 de abril de 2008, por la que se convoca la concesión de becas al alumnado matriculado en 4º E.S.O., Bachillerato o Ciclos Formativos, para la realización de cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero, durante el verano de 2008, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 22 de abril de 2008, se convoca la concesión de becas al alumnado matriculado en 4º E.S.O., Bachillerato o Ciclos Formativos, para la realización de cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero, durante el verano de 2008 (B.O.C. nº 92, de 8.5.08).

Segundo.- En aplicación de lo establecido en la base sexta de la Orden anterior, el 26 de junio de 2008 se publicó en página web: https://www.gobiernodecanarias.org/educacion/, la Resolución de esta Dirección General, de fecha 26 de junio de 2008, por la que se hacen públicas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a la citada convocatoria.

Tercero.- Por Resolución de fecha 14 de julio de 2008, y Resolución de 22 de julio de 2008 de la Dirección General de Promoción Educativa, se procede a la corrección de errores materiales de la Resolución de 26 de junio de 2008, por la que se hacen públicas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos correspondientes a la convocatoria de becas al alumnado matriculado en 4º E.S.O., Bachillerato o Ciclos Formativos, para la realización de cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero, durante el verano de 2008, convocadas por Orden de 22 de abril de 2008.

Cuarto.- Por Resolución de 5 de agosto de 2008, se resuelve la convocatoria de becas al alumnado matriculado en 4º E.S.O., Bachillerato o Ciclos Formativos, para la realización de cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero, durante el verano de 2008, convocadas por Orden de 22 de abril de 2008.

Quinto.- Tras la citada Resolución, se constata que los becarios que se relacionan a continuación, excluidos por documentación pendiente de subsanar, lo han hecho en los plazos establecidos. Por causas ajenas a los interesados no se recepcionó la citada documentación en esta Dirección General con anterioridad a la Resolución de 5 de agosto de 2008.


BI/2008/00342 78551553K AZAOLA ROSA, CARLOTA

BI/2008/00671 78593146F FERNÁNDEZ MORENTE, ANA

BI/2008/00453 78529135M FRAGIEL HENRÍQUEZ, PATRICIA ELENA

BI/2008/00397 43831606T JIMÉNEZ BETHENCOURT, CRISTIN

BI/2008/00428 78539062L SOSA SANTANA, CARLOS MIGUEL


Sexto.- Con fecha 1 de septiembre de 2008, se reúne la Comisión de Valoración a fin de valorar las anteriores solicitudes y formular la pertinente propuesta.

Séptimo.- Advertidos los citados errores materiales en la Resolución de 5 de agosto de 2008, se procede a su rectificación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), en su redacción actual, establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Segundo.- Lo establecido en la Orden de la Excma. Sra. Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de 22 de abril de 2008, por la que se convoca la concesión de becas al alumnado matriculado en 4º E.S.O., Bachillerato o Ciclos Formativos, para la realización de cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero, durante el verano de 2008.

Esta Dirección General de Promoción Educativa, de acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las funciones conferidas por delegación prevista en la base décima de la Orden de fecha 22 de abril de 2008,

R E S U E L V E:

Primero.- Rectificar los errores materiales detectados en la Resolución de 5 de agosto de 2008, por la que se resuelve la convocatoria de becas al alumnado matriculado en 4º E.S.O., Bachillerato o Ciclos Formativos, para la realización de cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero, durante el verano de 2008, convocadas por Orden de 22 de abril de 2008, en los siguientes términos:

1. Incluir en el anexo II (Listado de alumnado en reserva) de la Resolución de 5 de agosto de 2008 a los siguientes solicitantes en la posición que a continuación se detalla:

Ver anexos - página 23742

2. Excluir del anexo III (Listado de alumnado excluido) a los becarios mencionados anteriormente.

Segundo.- Rectificar los anexos II y III de la Resolución de 5 de agosto de 2008, por la que se resuelve la convocatoria de becas al alumnado matriculado en 4º E.S.O., Bachillerato o Ciclos Formativos, para la realización de cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero, durante el verano de 2008, convocadas por Orden de 22 de abril de 2008, quedando los mismos según se detalla en el anexo a esta Resolución.

Tercero.- Hacer pública la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y en la página web de la Consejería de Educación: https://www.gobiernodecanarias.org/educacion/.

La presente Resolución, al ser dictada en virtud de competencias delegadas, pone fin a la vía administrativa. Contra la misma cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, desde el día siguiente al de su publicación, o bien, interponer recuso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. En caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo, en el plazo de un mes, a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de noviembre de 2008.- La Directora General de Promoción Educativa (p.d., base décima de la Orden de 22.4.08), Pilar Teresa Díaz Luis.

Ver anexos - páginas 23743-23770

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