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Dña. Nieves María Rodríguez Fernández, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Santa Cruz de Tenerife y su partido.
HACE SABER: que en este Juzgado a mi cargo se ha dictada sentencia, en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 25 de marzo de 2008.
La Ilma. Sra. Dña. Nieves María Rodríguez Fernández, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Ocho de Santa Cruz de Tenerife y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio nº 1150/2007, promovidos por D. José Luis Torres Mata, representado por la Procuradora Dña. Candelaria Rodríguez González y bajo la dirección de la Letrada Dña. María Paz Ávila González, y siendo demandada Dña. Susana Medina Cabrera, en rebeldía en el procedimiento.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. María Candelaria Rodríguez González, en nombre y representación de D. José Luis Torres Mata, contra Dña. Susana Medina Cabrera, en rebeldía en el procedimiento, debo decretar y decreto el divorcio de los referidos cónyuges.
No se hace imposición a ninguna de las partes de las costas procesales causadas.
Notifíquese la presente resolución a ambos litigantes, y una vez firme comuníquese al Registro Civil donde se halla inscrito el matrimonio, a fin de practicarse la inscripción marginal oportuna.
Contra esta sentencia cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirve de notificación a la demandada Dña. Susana Medina Cabrera, declarada en rebeldía procesal y con paradero desconocido, expido y libro el presente, en Santa Cruz de Tenerife, a 5 de noviembre de 2008.- La Secretaria Judicial.
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