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No habiéndose podido notificar a D. Rafael Jiménez Morales, Dña. Jovita Rosales Pérez y D. Ángel Santana Álamo, en la forma prevista en el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92) las Resoluciones del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 25 de abril, 9 de mayo y 13 de mayo de 2008, sobre expedientes de desahucio administrativo DD-115/08, DD-137/08 y DD-199/08, y siendo necesario notificar dicho trámite, al ser parte interesada, conforme a lo previsto en el apartado 5º del citado artículo,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Rafael Jiménez Morales, la Resolución de incoación y su respectivo Pliego de Cargos, de fecha 25 de abril de 2008, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-115/08, instruido por infracción del artº. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"PLIEGO DE CARGOS
DE DESAHUCIO ADMINISTRATIVO
Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo DD-115/08, se formula contra D. Rafael Jiménez Morales conforme a lo regulado por el artº. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nº 27, de 10.2.03), apercibiéndole de que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.
CARGO
No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo de Viviendas Cueva Torres, calle Prolongación Pedro Infinito, 4, piso 4, letra C, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias."
R E S U E L V O:
Notificar a Dña. Jovita Rosales Pérez, la Resolución de incoación y su respectivo Pliego de Cargos, de fecha 9 de mayo de 2008, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-137/08, instruido por infracción del artº. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"PLIEGO DE CARGOS
DE DESAHUCIO ADMINISTRATIVO
Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo DD-137/08, se formula contra Dña. Jovita Rosales Pérez, conforme a lo regulado por el artº. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nº 27, de 10.2.03), apercibiéndole de que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.
CARGO
No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo de Viviendas Cruz de Piedra I, calle Joaquín Belón, 14, bloque 26, piso 8, letra D, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias."
R E S U E L V O:
Notificar a D. Ángel Santana Álamo, la Resolución de incoación y su respectivo Pliego de Cargos, de fecha 13 de mayo de 2008, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-199/08, instruido por infracción del artº. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"PLIEGO DE CARGOS
DE DESAHUCIO ADMINISTRATIVO
Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo DD-199/08, se formula contra D. Ángel Santana Álamo, conforme a lo regulado por el artº. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nº 27, de 10.2.03), apercibiéndole de que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.
CARGO
No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo de Viviendas Cruz de Piedra I, calle Domingo Padrón, bloque 15, portal 2, piso 14, letra D, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artº. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias."
Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de mayo de 2008.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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