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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 98/05
En San Bartolomé de Tirajana, a 27 de junio de 2005.
Vistos por Dña. Paloma Bono López, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de San Bartolomé de Tirajana y su partido, los presentes autos de juicio ordinario nº 436/04, promovidos a instancia del Procurador D. Vicente Martín Herrera, en nombre y representación de D. Siegfried Apel y Dña. Renate Apel, asistidos del Letrado D. Andreas Schomerus, contra Eurotelreise, S.L. y Dietmar Haidbauer, en situación procesal de rebeldía, versado el juicio sobre resolución de contrato.
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador D. Vicente Martín Herrera, en nombre y representación de D. Siegfried Apel y Dña. Renate Apel, contra Eurotelreise, S.L. y D.Dietmar Haidbauer, en situación procesal de rebeldía, debo condenar a los demandados a que abonen solidariamente a los actores la cantidad de 1.178,26 euros más los intereses legales de dicha cantidad desde la interposición de la demanda, todo ello sin efectuar especial declaración en materia de costas.
Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Eurotelreise, S.L. y D. Dietmar Haidbauer, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En San Bartolomé de Tirajana, a 20 de octubre de 2005.- El/la Secretario.
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