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La programación de las enseñanzas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias exige que la Administración educativa adopte medidas conducentes a adecuar la oferta educativa a la demanda de puestos escolares, medidas que consisten tanto en la construcción de nuevos centros como en conseguir la máxima rentabilidad y eficacia de los recursos existentes en cada localidad.
Con objeto de atender los intereses educativos de la isla de Tenerife en general y del municipio de Arona en particular, procede crear un Instituto de Educación Secundaria en la localidad de Cabo Blanco, que escolarizará alumnos de educación secundaria de los centros de educación infantil y primaria de la zona y de los institutos de educación secundaria "Los Cristianos" y "Las Galletas", del municipio de Arona, estando prevista su entrada en funcionamiento para el curso escolar 2005/2006. Con ello se obtiene una mayor coherencia en la planificación y organización, ya que los alumnos se verán beneficiados de una mayor coordinación pedagógica y menor masificación, lo que redunda en beneficio de la planificación y calidad de las enseñanzas ofertadas.
La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, prevé, en su artículo 17, que la creación y supresión de centros docentes públicos se efectuará por el Gobierno de la Comunidad Autónoma. Corresponde asimismo al titular de la Consejería competente en materia de educación la propuesta al Gobierno de Canarias de las disposiciones de creación y supresión de centros docentes públicos no universitarios.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, formulada en ejercicio de las atribuciones conferidas en los artículos 5.1.d) del Decreto 305/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes y 2 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Enseñanza Secundaria, aprobado por Decreto 129/1998, de 6 de agosto y, previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 26 de abril de 2005,
D I S P O N G O:
Artículo 1.- Se crea un Instituto de Educación Secundaria en el municipio de Arona, isla de Tenerife; domicilio, Carretera General, barrio de Cabo Blanco; puestos escolares 840; número de código 38015254.
Este centro escolarizará alumnos de educación secundaria de los centros de educación infantil y primaria de la zona y de los institutos de educación secundaria "Los Cristianos" y "Las Galletas", del municipio de Arona.
Artículo 2.- De conformidad con lo establecido en el Decreto 54/1999, de 8 de abril, por el que se establecen normas sobre procedimientos de provisión de plazas para funcionarios docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, al personal docente le será de aplicación lo establecido en la Orden de 14 de mayo de 2002, por la que se determinan los criterios de ordenación del personal docente con destino definitivo en los centros públicos no universitarios, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Artículo 3.- Al personal laboral se le aplicará lo establecido en el III Convenio Colectivo Único del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado por Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de 26 de mayo de 1994, hecho público por Resolución de la Dirección General de Trabajo de 21 de junio de 1994.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Se autoriza al Consejero de Educación, Cultura y Deportes para adoptar cuantas medidas sean necesarias para garantizar el cumplimiento del presente Decreto.
Segunda.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 26 de abril de 2005.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Adán Martín Menis.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTES,
José Miguel Ruano León.
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