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BOC Nº 106. Miércoles 7 de Agosto de 2002 - 2511

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2511 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 24 de mayo de 2002, del Director, relativo a notificación de la Resolución de 18 de marzo de 2002, por la que se deniega a la empresa Dirección Técnica de Jardinería, S.L., la subvención solicitada.- Expte. nº 10.222/98 Programa C.

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de la Resolución citada en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a la empresa Dirección Técnica de Jardinería, S.L. de la Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), por delegación del Presidente, nº 1.352, de fecha 18 de marzo de 2002, por la que se deniega la subvención solicitada, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de Dirección Técnica de Jardinería, S.L. y teniendo en cuenta que:

Antecedentes de hecho

Primero.- Dirección Técnica de Jardinería, S.L., presentó solicitud ante el Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM), de fecha 30 de septiembre de 1998, con registro de entrada nº 10.222, mediante la que interesaba le fuese concedida una subvención de las previstas en el "Programa C, de fomento a la contratación temporal de desempleados minusválidos, y de desempleados pertenecientes a colectivos con especiales dificultades de inserción laboral", regulado en la Resolución del Presidente del ICFEM, de 20 de agosto de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), por el trabajador D. José Francisco Manuel Álvarez, cuya fecha de alta en la empresa es de 29 de junio de 1998.

Segundo.- Según los datos del informe de vida laboral del trabajador, D. José Francisco Manuel Álvarez, que obran en este Servicio, permaneció en la empresa Dirección Técnica de Jardinería, S.L., desde el 29 de junio de 1998 hasta el 4 de noviembre de 1998, por lo que se mantuvo en alta 129 días.

Fundamentos Jurídicos

Primero.- A tenor de lo establecido en la base 5ª.1 de la Resolución del Presidente del ICFEM de 20 de agosto de 1998, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y mantenimiento del empleo y la economía social, en concordancia con el artº. 3 de la Ley 7/1992, de 25 de noviembre, de creación de este Organismo Autónomo, corresponde al Instituto Canario de Formación y Empleo la tramitación del presente expediente.

Segundo.- A tenor de lo establecido en la base 5ª.2, de la Resolución anteriormente mencionada, en concordancia con el artº. 2 del Decreto 3/1998, de 9 de enero, por el que se establece el régimen específico de las subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y de la economía social y para las acciones de formación profesional ocupacional, de la competencia de este Organismo Autónomo, corresponde al Director del Instituto Canario de Formación y Empleo, por delegación del Presidente del ICFEM, la resolución del presente expediente.

Tercero.- La base 20ª de la Resolución de 28 de agosto de 1998, establece: "Serán subvencionables los contratos temporales celebrados por tiempo no inferior a 9 meses, a jornada completa y continua, formalizados por escrito con arreglo a la normativa vigente".

Cuarto.- Procede denegar la subvención solicitada por la entidad Dirección Técnica de Jardinería, S.L., conforme a lo establecido en la base 20ª, mencionada anteriormente, toda vez que, de los datos del informe de vida laboral del trabajador por el cual solicita subvención, D. José Francisco Manuel Álvarez, que obra en este Servicio, se constata que el mismo estuvo de alta en la entidad peticionaria desde el 29 de junio de 1998 hasta el 4 de noviembre de 1998, es decir, que no permaneció como mínimo durante 9 meses.

Por cuanto antecede, vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación,

R e s u e l v o:

Primero.- Denegar la subvención solicitada por la entidad Dirección Técnica de Jardinería, S.L., en virtud de la solicitud presentada el día 30 de septiembre de 1998, con registro de entrada nº 10.222, al amparo del "Programa C", de la Resolución de 20 de agosto de 1998, del Presidente, por la que se convoca la concesión de subvenciones para el fomento y el mantenimiento del empleo y la economía social (B.O.C. nº 110, de 28.8.98), por los motivos expuestos en los fundamentos jurídicos tercero y cuarto de la presente Resolución.

Segundo.- Notificar al interesado la presente Resolución, con la indicación de que, contra ésta, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente del Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM) en el plazo de un mes, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera formularse. El cómputo de los plazos indicados anteriormente, se iniciará a partir del día siguiente al de la notificación del presente acto."

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de mayo de 2002.- El Director, p.d., la Subdirectora de Empleo (Resolución nº 2.957, de 29.9.99), María Teresa Covisa Rubia.

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