Estás en:
Providencia de 25 de abril de 2002, del Instructor de los expedientes sancionadores en materia de transportes que se relacionan, sobre notificación de Resoluciones en materia de infracciones administrativas.
Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre notificación a interesados intentada y no practicada,
D I S P O N G O:
Notificar a los denunciados que se citan, las Resoluciones formuladas con ocasión de los expedientes que les han sido instruidos por este Cabildo por infracción administrativa en materia de transportes.
La cuantía de la sanción deberá ser ingresada en la cuenta corriente de Caja Insular de Ahorros de Canarias nº 2052 8029 23 3500007104, haciendo constar en el documento de ingreso el número de expediente sancionador. Por ello dispondrá de un plazo, en el supuesto de recibir la notificación de la presente resolución entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive, hasta el día 5 del mes siguiente; caso de recibirla entre los días 16 y último de cada mes, ambos inclusive, dispondrá hasta el día 20 del mes siguiente. Si vencidos los plazos de ingreso no se hubiere satisfecho la deuda, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio con el recargo correspondiente al 20% del débito.
Contra las Resoluciones recaídas, al haberse agotado la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas o, en su caso, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notificó la resolución sancionadora.
1) TITULAR: Ismael y Mariano, S.L.; Nº EXPTE.: GC-30462/I/2000; POBLACIÓN: Arucas-Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-TF-7076-AC; res. inadmisión rec. reposición por extemporaneidad; INFRACCIÓN: artículos 90, 140.a) y 141.o) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 41 y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 300,51 euros (50.000 pesetas); HECHO INFRACTOR: transporte público de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.
2) TITULAR: Ismael y Mariano, S.L.; Nº EXPTE.: GC-30358/O/2000; POBLACIÓN: Arucas-Gran Canaria; MATRÍCULA: GC-TF-7076-AC; res. inadmisión rec. reposición por extemporaneidad; INFRACCIÓN: artículos 90, 140.a) y 141.o) de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres; artículos 41 y 197.a) del Real Decreto 1.211/1990, de 28 de septiembre; CUANTÍA: 300,51 euros (50.000 pesetas); HECHO INFRACTOR: transporte público de mercancías, en vehículo ligero, careciendo de autorización administrativa.
Arrecife, a 25 de abril de 2002.- El Instructor, Pedro M. Fraile Bonafonte.
© Gobierno de Canarias