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BOC Nº 085. Lunes 13 de Julio de 1998 - 2218

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2218 - Instituto Canario de Formación y Empleo (ICFEM).- Anuncio de 24 de abril de 1998, del Director, sobre notificación de requerimiento a la entidad Gabinete Jurídico Lex, Sdad. Coop. Ltda., relativo a justificación de una subvención en materia de incorporación de trabajadores desempleados como socios trabajadores de Cooperativas y Sociedades Anónimas Laborales, concedida mediante Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo de 11 de noviembre de 1994.

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Habiendo sido intentada en repetidas ocasiones la notificación del citado requerimiento de justificación de subvenciones en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Instituto Canario de Formación y Empleo, sin que haya sido recibido por el interesado, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace saber a la misma que con fecha 6 de febrero de 1998 fue efectuado el requerimiento del tenor literal siguiente:

En relación con la subvención concedida a la entidad Gabinete Jurídico Lex, S.C.L., en virtud de la Resolución del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo de 11 de noviembre de 1994 para la incorporación de trabajadores desempleados como socios trabajadores de Cooperativas y Sociedades Anónimas Laborales, de las previstas en el Capítulo III “Programa para el Fomento del Autoempleo-Sección 3ª de Subvenciones a la incorporación de trabajadores desempleados como socios trabajadores de Cooperativas y Sociedades Anónimas Laborales” de la Orden de 30 de agosto de 1994, de convocatoria y regulación de las bases para la concesión de las subvenciones reguladas en el Decreto 124/1994, de 20 de junio, por el que se regulan los programas del Gobierno de Canarias para el fomento y el mantenimiento del empleo (B.O.C. nº 76, de 22.6.94), cúmpleme comunicarle lo siguiente:

Teniendo en cuenta que la Resolución establece en su Resuelvo cuarto y en los mismos términos en el artº. 29 de la Orden de 30 de agosto de 1994 se especifica que la entidad beneficiaria vendrá obligada a justificar que el importe de la subvención ha sido invertido con la finalidad para la cual se concede mediante la presentación anual y durante tres años, a partir de la fecha de inicio de la actividad y/o incorporación del socio trabajador en la entidad, de recibos acreditativos del pago del salario y los boletines de cotización a la Seguridad Social. Asimismo el artículo 30 del Decreto 124/1994 establece que las entidades perceptoras de las subvenciones estarán obligadas, durante el plazo de los tres años siguientes a su concesión y para el caso de baja por cualquier causa de alguno de los socios en virtud de cuya incorporación se hubieran otorgado aquéllas, a cubrir el puesto con un nuevo socio trabajador que reúna el requisito establecido en el artº. 26 de la citada Orden (solamente se subvencionará la incorporación de socios trabajadores, a jornada continua y completa, que estuviesen inscritos como desempleados en el momento del Alta en la Seguridad Social).

Las referidas entidades deberán comunicar inmediatamente al Instituto Canario de Formación y Empleo las bajas de socios/as a que se refiere este artículo, así como proceder a su sustitución en el plazo máximo de tres meses siguientes a la fecha de la Baja y presentar la documentación que acredite haber realizado dicha sustitución dentro de los quince días siguientes a la misma.

Que la Intervención Delegada en el Instituto Canario de Formación y Empleo procedió a informar favorablemente con respecto al primer plazo que abarca la subvención por medio de escrito de 11 de junio de 1996.

Por todo ello se le requiere para que en el plazo de diez días, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, remitan a este Centro Directivo por medio de dos copias debidamente diligenciadas con sus originales, la documentación siguiente:

NOMBRE: Carmen Suárez Hernández. NÓMINAS: desde enero 96 hasta diciembre 97. BOLETINES DE COTIZACIÓN: desde enero 96 hasta diciembre 97.

NOMBRE: María José Rodríguez Díaz. NÓMINAS: desde enero 96 hasta diciembre 97. BOLETINES DE COTIZACIÓN: desde enero 96 hasta diciembre 97.

NOMBRE: Patricia Álvarez Piñera. NÓMINAS: desde enero 96 hasta diciembre 97. BOLETINES DE COTIZACIÓN: desde enero 96 hasta diciembre 97.

NOMBRE: Noelia Suárez de León. NÓMINAS: desde enero 96 hasta diciembre 97. BOLETINES DE COTIZACIÓN: desde enero 96 hasta diciembre 97.

NOMBRE: Pilar Suárez de León. NÓMINAS: desde enero 96 hasta diciembre 97. BOLETINES DE COTIZACIÓN: desde enero 96 hasta diciembre 97. Se le advierte que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en los artículos 35 y 36 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre (B.O.C. nº 170, de 31.12.97), por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de abril de 1998.- El Director, Francisco Zumaquero García.

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