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BOC Nº 005. Lunes 12 de Enero de 1998 - 42

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad y Consumo

42 - Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 16 de diciembre de 1997, de la Dirección General de Salud Pública, mediante la que se prorroga la vigencia de los horarios y turnos de guardia establecidos en la actualidad hasta el 30 de junio de 1998, y se delega en los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de ambas provincias de la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia para realizar modificaciones puntuales de turnos de guardia por razones extraordinarias como vacaciones, enfermedad o incorporación a dichos turnos de nuevas farmacias, así como su comunicación a los afectados.

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Mediante Resoluciones de esta Dirección General de fecha 19 de diciembre de 1996 y 11 de junio de 1997, se prorrogaron hasta el 31 de diciembre de 1997 los horarios y turnos de guardia de las oficinas de farmacia establecidos por los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de las provincias de Las Palmas y Santa Cruz de Tenerife para el año 1996, siendo el motivo de tales Resoluciones la ausencia de publicación de normativa autonómica reguladora de la ordenación farmacéutica.

A la fecha de hoy dicha normativa se ha publicado y se contiene en lo dispuesto en el Decreto 258/1997, de 16 de octubre, por el que se establecen criterios específicos de planificación y ordenación farmacéutica. Dicho Decreto establece en su artículo 50 que mediante Orden del Consejero competente en materia de ordenación farmacéutica se determinará el horario mínimo que han de cumplir las oficinas de farmacia en jornadas matutinas y vespertinas, correspondiendo al órgano competente del Servicio Canario de la Salud fijar las horas de apertura y cierre para cada zona farmacéutica e incluso para demarcaciones inferiores. Los artículos 54 y 56 del citado Decreto prevén que para garantizar la prestación del servicio farmacéutico a la población se podrán organizar turnos de guardia, correspondiendo al órgano competente del Servicio Canario de la Salud la organización de tales turnos.

El corto tiempo transcurrido desde la publicación del precitado Decreto 258/1997, que lo fue el día 3 de noviembre, no ha permitido la delimitación por parte del Consejero de Sanidad de las zonas farmacéuticas que han de servir de ámbito geográfico para la organización de la prestación del servicio farmacéutico, ni tampoco la especificación del horario mínimo ni fijación de los turnos de guardia, razón por la cual se hace preciso la adopción de medidas tendentes a garantizar la adecuada y permanente prestación del servicio farmacéutico.

Por otro lado, en la Resolución de 11 de junio de 1997, se delegó en los citados Colegios de Farmacéuticos la competencia para realizar modificaciones puntuales de turnos de guardia por razones extraordinarias como vacaciones o enfermedad y su notificación a los afectados, medida que ha resultado ser altamente eficaz en función de la experiencia acumulada por dichos Colegios para la resolución de este tipo de contingencias que precisan de actuaciones rápidas y coordinadas.

Es por ello que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 14 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, R E S U E L V O:

1º) Prorrogar la vigencia de los horarios y turnos de guardia de las oficinas de farmacia establecidos en la actualidad hasta el 30 de junio de 1998.

2º) Delegar en los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de ambas provincias de la Comunidad Autónoma de Canarias la competencia para realizar modificaciones puntuales de turnos de guardia por razones extraordinarias como vacaciones, enfermedad o incorporación a dichos turnos de nuevas farmacias, así como su comunicación a todos los afectados.

3º) Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de diciembre de 1997.- La Directora General de Salud Pública, María del Mar Dorta Sáenz.

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