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Se hace saber a la empresa de servicios Bingos de Corralejo, S.A., que se encuentra en ignorado paradero, que ha sido resuelto el expediente sancionador incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, Consejería de la Presidencia, con el nº 110/91, por infracción a la vigente normativa del juego, recayendo Resolución de la Viceconsejera para las Administraciones Públicas por la que se sanciona a la empresa de servicios Bingos de Corralejo, S.A. con multa de veinticinco mil (25.000) pesetas por encontrarse en la sala de bingo realizando funciones de locutor-vendedor, D. Bernabé Morera Morera (D.N.I. nº 43.646.194), careciendo del oportuno carnet profesional, lo que supone infracción al artº. 27 del Decreto 122/1988, por el que se aprueba el Reglamento del Bingo de la Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el artº. 19 del mismo.
Contra dicha Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, recurso de alzada ante el Consejero de la Presidencia del Gobierno de Canarias, de conformidad con el artº. 122 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de noviembre de 1992.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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