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BOC Nº 155. Viernes 14 de Diciembre de 1990 - 1551

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Hacienda

1551 - RESOLUCION de 3 de diciembre de 1990, de la Intervención General, por la que se dictan instrucciones para la tramitación de los documentos contables "MP".

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La Orden de 25 de abril de 1988, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula la operativa y tramitación a seguir en la ejecución del Presupuesto de Gastos de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su apartado 4.6, establece que {REF una vez efectuado el pago, las Ordenes de Pago "P-703" y los documentos contables "MP" se devolverán a la Intervención de procedencia para su archivo y custodia}.

La práctica ha puesto de manifiesto la enorme dificultad que supone el relacionar cada documento contable "MP", sea de devolución de ingresos o de operaciones extrapresupuestarias, con los documentos justificativos de los mismos (modelo 110 para I.R.P.F., modelo 440 para I.T.E., modelos TC1 y TC2 para Seguridad Social, etc.), habida cuenta que, hasta la fecha, se venían archivando por separado y en lugares diferentes.

Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 90.b) de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de Canarias, y en las Disposiciones Adicionales Primera y Segunda de la citada Orden de 25 de abril de 1988,

D I S P O N G O:

Artículo 1º.- Los documentos contables "MP", una vez efectuado el pago, deberán remitirse a la Intervención correspondiente junto con los documentos justificativos de cada "MP", para su archivo y custodia.

Artículo 2º.- Los Inteventores velarán muy especialmente por el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, no pudiendo tomar razón del pago en caso contrario.

DISPOSICION FINAL

La presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 1991.

Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de diciembre de 1990.- El Interventor General, Rafael Medina Jáber.

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