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De conformidad con lo establecido en el artículo 9.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y el artículo 11.1 del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de dicha Ley, esta Dirección General ha resuelto: Primero.- Tener por incoado expediente de declaración de conjunto histórico, Bien de Interés Cultural, a favor de "El Casco Antiguo de la Villa de Agaete", en Agaete (Gran Canaria), con la delimitación que en anexo se cita.
Segundo.- Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.
Tercero.- Hacer saber al Ayuntamiento de Agaete (Gran Canaria) que según lo dispuesto a estos efectos en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la incoación de expediente para la declaración de un Bien de Interés Cultural determinará, en relación al bien afectado, la aplicación provisional del mismo régimen de protección previsto para los bienes declarados de interés cultural (artº. 11), y que dicha incoación determinará la suspensión de las correspondientes licencias municipales de parcelación, edificación o demolición en las zonas afectadas, así como de los efectos de las ya otorgadas; y las obras que por razón de fuerza mayor hubieran de realizarse con carácter inaplazable en tales zonas precisarán, en todo caso, autorización de esta Dirección General de Cultura.
Cuarto.- Comunicar esta incoación al Registro General de Bienes de Interés Cultural, a efectos de su anotación preventiva.
Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de noviembre de 1990.- El Director General de Cultura, Carlos Díaz-Bertrana Marrero.
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