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En el recurso contencioso-administrativo nº 336/88, interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias por Dña. Ana Teresa García Campos, versando sobre habitabilidad en vivienda libre, se ha dictado Sentencia con fecha 2 de abril de 1990, cuya dispositiva, literalmente, dice:
"Fallo:
En atención a lo expuesto, la Sala acuerda:
1º Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Dña. Ana Teresa García Campos contra la Resolución de la Dirección General de Arquitectura de 22 de enero de 1988, y contra la Orden de 11 de abril de 1988, que desestimó la alzada interpuesta contra aquélla, declarando la nulidad de ambos actos por no ajustarse a Derecho.
2º Sin condena en costas.
Así por esta nuestra Sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos."
Esta Consejería, de conformidad con lo dispuesto en los artsº. 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla en sus propios términos la referida Sentencia, por lo que a este Departamento respecta.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de mayo de 1990.
EL CONSEJERO DE OBRAS PUBLICAS, VIVIENDA Y AGUAS, Ildefonso Chacón Negrín.
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