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No teniendo constancia en esta Dirección General del domicilio de los titulares de los vehículos que se relacionan y siendo preciso notificarles el oportuno Pliego de Cargos como consecuencia de las denuncias recibidas contra ellos a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga, y conforme al art°. 80.3 de la Ley de Procedimiento Administrativo,
RESUELVO: 1. Notificar a los titulares de los vehículos que se citan los cargos que se especifican en los expedientes que les han sido instruidos por esta Dirección General por infracción a la legislación de transportes por carretera.
Los interesados disponen de un plazo de 15 días a partir de la publicación de la presente Resolución para manifestar por escrito lo que a sus derechos convenga, aportando o proponiendo las pruebas de que, en su caso intenten valerse.
2.- Remitir al Ayuntamiento de las poblaciones que se citan la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
l) TITULAR: Dunaxtur, S.A.; N° DE EXPTE.: GC-89-3-525-0; POBLACION: San Bartolomé de Tirajana; MATRICULA: GC-4313-AK; INFRACCION: R.D. 262/87 (B.O.E. 25-2-87), art° 140-a, Ley 16/87, de 30-7; CUANTIA: 250.000 ptas. precintado; HECHO INFRACTOR: carecer de la preceptiva autorización administrativa. Vehículo de alquiler sin conductor.
2) TITULAR: Domingo Quevedo Rodríguez; N° DE EXPTE.: GC-89-4-916-0; POBLACION: Las Palmas de G.C.; MATRICULA: GC-57075-, INFRACCION: art°. 103 LOTT, art°. 141-b, Ley 16/87, de 30-7; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transporte en servicio particular.
3) TITULAR: Naves Regionales, S.A.; N° DE EXPTE.: GC-89-4-926-0; POBLACION: Las Palmas de G.C.; MATRICULA: GC-4374-AJ; INFRACCION: art°. 103 LOTT, art°. 141-b, Ley 16/87, de 30-7; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: carecer de la tarjeta de transportes en servicio particular.
4) TITULAR: Franyasmar Bus, S.L.; N° DE EXPTE. GC-89-4-930-0; POBLACION: Las Palmas de G.C.; MATRICULA: GC-0245-AK; INFRACCION: art°. 89 LOTT, art°-. 59 ROT, (B.O.E. 12-1-50), O.M. 16-5-50 (B.O.E. 1-6-50) art°. 140-a, Ley 16/87, de 30-7; CUANTIA: 250.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: realizar un servicio público de transporte escolar careciendo de la autorización administrativa.
5) TITULAR: Guaguas Gran Canaria, S.L.; N° DE EXPTE.: GC-89-6-1279-0; POBLACION: Las Palmas de G.C.; MATRICULA: M-2496-AM; INFRACCION: art° 116, R.D. 1.929 y R.D.G.T.T. 27-4-66, art° 141-q, Ley 16/87, de 30-7; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo el libro de reclamaciones.
6) TITULAR: Guaguas Gran Canaria, S.L.; N° DE EXPTE.: GC-89-6-1280-0; POBLACION: Las Palmas de G.C.; MATRICULA: M-2496-AM; INFRACCION: O.M. 28-1-87 (B.O.E. 5-2-87), art° 141-q, Ley 16187, de 30-7; CUANTIA: 41.000 ptas.; HECHO INFRACTOR: no llevar a bordo el libro de ruta.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de agosto de 1989.- El Director General de Transportes, Fernando Pérez Navarro.
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