Bono Social Térmico

El Bono Social Térmico es una ayuda que se concede a las personas beneficiarias del Bono Social Eléctrico. Son las compañías comercializadoras de energía las que informan de las personas beneficiarias. NO SE TIENE QUE SOLICITAR.

 

Para mejorar la comunicación con las personas beneficiarias del Bono Social Térmico, recomendamos mantener sus datos de contacto actualizados (correo electrónico y teléfono móvil). Para ello pueden comunicar sus datos de contacto, mediante solicitud general, en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias o a través de cualquier oficina de registro habilitada con destino a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (Apoyo Dirección General Servicios Sociales E Inmigración TF).

 

RESOLUCIÓN DE LA DIRECTORA GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES E INMIGRACIÓN POR LA QUE SE ACUERDA LA CONCESIÓN, DE FORMA DIRECTA, DE AYUDAS ECONÓMICAS A LAS PERSONAS BENEFICIARIAS RELACIONADAS EN LOS ANEXOS, DESTINADAS A PALIAR LA POBREZA ENERGÉTICA EN CONSUMIDORES VULNERABLES, DENOMINADAS “BONO SOCIAL TÉRMICO”, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2022. Publicado en el B.O.C. el 5 de marzo de 2025.

 Enlace a la sede electrónica.

Documentación a aportar en la presentación de la solicitud.

 

 

 

¿Qué es el bono social térmico?

El Bono Social Térmico (BST) es una ayuda directa a consumidores vulnerables, destinada a compensar los gastos de suministro de energía para los usos térmicos, como calefacción, agua caliente sanitaria o cocina.

Su regulación se establece en el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de las personas consumidoras. El Bono Social Térmico es gestionado por el Gobierno de Canarias y se abona con cargo al presupuesto del Ministerio para la Transición Ecológica.

 

 

¿Quiénes son las personas beneficiarias?

Son personas beneficiarias de este Bono, sin necesidad de realizar ningún trámite ni solicitud, para el año 2022, aquellas que son personas beneficiarias del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2021.

Debido al alto número de expedientes a informar, se acuerda que la notificación de la Resolución de Concesión del Bono Social Térmico se hace mediante la publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

    • Se abona en un pago único anual.
    • La cuantía depende del grado de vulnerabilidad del consumidor y de la zona climática en la que se ubique su vivienda habitual.
Año BST 2021 BST 2021 BST2022 BST2022 BST2022 Complementaria BST2022 Complementaria BST2023 BST2023
Zona Climática V VS V VS V VS V VS
35,00 € 56,00 € 25,00 € 40,00 € 25,00 € 40,00 € 25,00 € 40,00 €
A 50,10 € 80,16 € 42,47 € 67,94 € 41,68 € 66,69 € 42,79 € 68,47 €
B 82,92 € 132,67 € 80,41 € 128,66 € 77,94 € 124,71 € 81,48 € 130,37 €
C 128,86 € 206,18 € 133,54 € 213,67 € 128,71 € 205,94 € 135,65 € 217,04 €

 

  • En la Resolución de Concesión se indica la cuantía que corresponde y el número de cuenta donde se va a realizar el abono. Así como la posibilidad de renunciar a la ayuda.

 

 

Procedimiento

Las personas beneficiarias del Bono Social Térmico serán notificadas mediante la publicación de la Resolución de Concesión en el Boletín Oficial de Canarias.

 

¿Cómo MODIFICAR el número de CUENTA BANCARIA que figura en la resolución?

Las personas beneficiarias, que tienen domiciliado el pago de la factura de electricidad, pueden modificar el número de cuenta donde se les va a abonar el importe correspondiente al Bono Social Térmico mediante una solicitud de modificación de Cuenta Corriente, para ello deberá presentar la documentación acreditativa de la titularidad de la nueva cuenta bancaria mediante solicitud general, en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias o a través de cualquier oficina de registro habilitada con destino a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (Apoyo Dirección General Servicios Sociales E Inmigración TF). .

  • El plazo será de 20 días hábiles desde la publicación de la Resolución en el B.O.C.

 

¿Cómo COMUNICAR la CUENTA BANCARIA si no tengo domiciliada la factura eléctrica?

Si la persona beneficiaria no tiene domiciliado el pago de la electricidad, cuando se publique la Resolución, se le solicitará un número de cuenta bancaria del que sea titular, que deberá informar en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias o a través de cualquier oficina de registro habilitada con destino a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (Apoyo Dirección General Servicios Sociales E Inmigración TF), mediante instancia general indicando el nuevo número de cuenta bancaria y adjuntando un documento acreditativo de su titularidad.

  • El plazo será de 20 días hábiles desde la publicación de la Resolución en el B.O.C.

 

 

¿Cómo RENUNCIAR al Bono Social Térmico?

En caso de querer renunciar a la ayuda, deberá hacerlo en el plazo de 20 días hábiles (excluyéndose del cómputo sábados, domingos y declarados festivos) desde la publicación de la Resolución de concesión de la ayuda en la que se reconoce su condición de persona beneficiaria del Bono Social Térmico.

Puede comunicar la renuncia a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias, mediante solicitud general dirigida a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (Apoyo Dirección General Servicios Sociales E Inmigración TF).

 

 

Información sobre mi bono social térmico

  • Puede acceder a toda la información sobre su expediente del Bono Social Térmico en trámite en su Área Personal de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias, a la que se accede mediante D.N.I. ELECTRÓNICO/CERTIFICADO DIGITAL/CLAVE PIN.
  • Mediante la opción de Aportar Documentación a su expediente podrá:
    • Comunicar o modificar el número de cuenta para el cobro del pago.
    • Renunciar a la ayuda.

Recordatorio BST: La modificación, corrección o actualización de los datos bancarios se puede realizar en cualquier momento, mediante solicitud de la persona interesada en la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias o a través de cualquier oficina de registro habilitada con destino a la Dirección General de Servicios Sociales e Inmigración (Apoyo Dirección General Servicios Sociales E Inmigración TF), mediante instancia general indicando el nuevo número de cuenta bancaria y adjuntando un documento acreditativo de su titularidad.

 

 

¿Dónde puedo encontrar más información?

Llamando al teléfono de información del Gobierno de Canarias 012 – 922 47 00 12 – 928 30 10 12

 

 

Sede electrónica

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