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BOC Nº 048. Jueves 6 de Marzo de 2008 - 862

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda

862 - Instituto Canario de la Vivienda.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 18 de febrero de 2008, del Director, relativa a la Resolución de 14 de noviembre de 2007, mediante la cual se incoan expedientes de desahucio administrativo, DD-206/07, DD-210/07 y DD-211/07, y sus correspondientes pliegos de cargos, seguidos respectivamente a D. Juan Francisco Medina Caballero, Dña. María Desirée Gil Déniz y Dña. Luisa Santana Hernández, en ignorado paradero.

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No habiéndose podido notificar a D. Juan Francisco Medina Caballero, Dña. María Desirée Gil Déniz y Luisa Santana Hernández, en la forma prevista en el artº. 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas (B.O.E. nº 285, de 27.11.92) las Resoluciones del Director del Instituto Canario de la Vivienda de fecha 14 de noviembre de 2007 sobre expedientes de desahucio administrativo DD-206/07, DD-210/07 y DD-211/07, respectivamente, y siendo necesario notificar dicho trámite, al ser parte interesada, conforme a lo previsto en el apartado 5º del citado artículo

R E S U E L V O:

Notificar a D. Juan Francisco Medina Caballero, la Resolución de incoación y su respectivo pliego de cargos, de fecha 14 de noviembre de 2007, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-206/07, instruido por infracción del artº. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:

"PLIEGO DE CARGOS DE DESAHUCIO

ADMINISTRATIVO"

Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo DD-206/07, se formula contra D. Juan Francisco Medina Caballero, conforme a lo regulado por el artº. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nº 27, de 10.2.03), apercibiéndole que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.

CARGO

No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo de Viviendas Jinámar V, calle Fernando Sagaseta, 70, bloque 12, piso 13, portal B, término municipal de Telde, infringiendo el artº. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias.

R E S U E L V O:

Notificar a Dña. María Desirée Gil Déniz, la Resolución de incoación y su respectivo pliego de cargos, de fecha 14 de noviembre de 2007, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-210/07, instruido por infracción del artº. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:

"PLIEGO DE CARGOS DE DESAHUCIO

ADMINISTRATIVO"

Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo, DD-210/07, se formula contra Dña. María Desirée Gil Déniz, conforme a lo regulado por el artº. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nº 27, de 10.2.03), apercibiéndole que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.

CARGO

No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo de Viviendas Jinámar II, calle Lomo Las Brujas, 33, bloque 36, piso B, letra C, término municipal de Telde, infringiendo el artº. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias.

R E S U E L V O:

Notificar a Dña. Luisa Santana Hernández, la Resolución de incoación y su respectivo pliego de cargos, de fecha 14 de noviembre de 2007, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-211/07, instruido por infracción del artº. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:

"PLIEGO DE CARGOS DE DESAHUCIO

ADMINISTRATIVO"

Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo DD-211/07, se formula contra Dña. Luisa Santana Hernández, conforme a lo regulado por el artº. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nº 27, de 10.2.03), apercibiéndole que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.

CARGO

No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo de Viviendas Jinámar II, calle Lomo Las Brujas, 31, bloque 37, piso B, letra D, término municipal de Telde, infringiendo el artº. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de febrero de 2008.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.

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