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R E S U E L V O:
Notificar a Dña. Emilia Pino Rodríguez, la Resolución de incoación y su respectivo pliego de cargos, de fecha 31 de enero de 2008, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-1/08, instruido por infracción del artē. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"PLIEGO DE CARGOS DE DESAHUCIO
ADMINISTRATIVO"Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo DD-1/08, se formula contra Dña. Emilia Pino Rodríguez, conforme a lo regulado por el artē. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nē 27, de 10.2.03), apercibiéndole que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.
CARGO
No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo 864 Viviendas Nueva Paterna, calle Manuel de Falla, 54, bloque 4, piso 3, portal 2, letra F, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artē. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias.R E S U E L V O:
Notificar a D. Gumersindo Vega Cruz, la Resolución de incoación y su respectivo pliego de cargos, de fecha 7 de febrero de 2008, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-7/08, instruido por infracción del artē. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"PLIEGO DE CARGOS DE DESAHUCIO
ADMINISTRATIVO"Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo, DD-7/08, se formula contra D. Gumersindo Vega Cruz, conforme a lo regulado por el artē. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nē 27, de 10.2.03), apercibiéndole que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.
CARGO
No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo de Viviendas Guaidil III, calle Ramblas, portal 2, piso 1, letra B, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artē. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias.R E S U E L V O:
Notificar a Dña. María Rosa Suárez Sánchez, la Resolución de incoación y su respectivo pliego de cargos, de fecha 7 de febrero de 2008, dictada en el expediente de desahucio administrativo DD-10/08, instruido por infracción del artē. 68.1.c) de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, y cuya parte dispositiva acuerda textualmente lo siguiente:
"PLIEGO DE CARGOS DE DESAHUCIO
ADMINISTRATIVO"Que como consecuencia de la incoación de expediente de desahucio administrativo DD-10/08, se formula contra Dña. Dña. María Rosa Suárez Sánchez, conforme a lo regulado por el artē. 69 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias (B.O.C. nē 27, de 10.2.03), apercibiéndole que, de no contestarlo en el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente.
CARGO
No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial sita en el Grupo de Viviendas B.5-10 Jinámar, Ramblas de Jinámar, bloque 10, portal 1, piso 1, letra A, término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, infringiendo el artē. 68.1.c) de la Ley de Vivienda de Canarias.Las Palmas de Gran Canaria, a 18 de febrero de 2008.- El Director, Jerónimo Fregel Pérez.
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