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El Cabildo Insular de Fuerteventura, por Resolución de 3 de mayo de 2001, incoó expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, a favor de Las Salinas de El Carmen, en el término municipal de Antigua, isla de Fuerteventura.
La tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, previo informe del Consejo de Patrimonio Histórico de Canarias y tras la deliberación del Gobierno en su reunión del día 26 de julio de 2002,
D I S P O N G O:
Declarar Las Salinas de El Carmen, situadas en Las Salinas, en el término municipal de Antigua, isla de Fuerteventura, Bien de Interés Cultural, con la categoría de Monumento, según la descripción y delimitación que figuran en el anexo I, así como la ubicación en plano que se contiene en el anexo II a este Decreto.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de julio de 2002.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Román Rodríguez Rodríguez.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTES,
José Miguel Ruano León.
A N E X O I
Las Salinas de El Carmen provienen de las históricas Salinas de La Hondurilla que datan aproximadamente de 1800.
Éstas fueron ampliándose en años sucesivos alcanzando en 1910 su configuración actual siendo ya propietario D. Manuel Velázquez Cabrera, ocupando en la actualidad 28.320 m2 y tal y como ocurre con las salinas antiguas de barro canarias, se localiza directamente pegada a la costa llana, con frente de aluvión donde encaja el tomadero como mecanismo de captación.
En cuanto a su localización, la principal característica es que su sistema de captación es directo, llenándose con las mareas por el punto denominado bufadero o saltadero, de donde parte un canal con aliviadero, que conduce el agua por gravedad a los cocederos.
Las Salinas de El Carmen son unas Salinas de transición, originalmente de barro, no se forran de piedra hasta la década de los cuarenta, aumentando la eficacia de la instalación. Por tanto, presenta características de ambos tipos.
La delimitación es coincidente con la delimitación del Plan Especial de Protección, aprobado definitivamente el 30 de marzo de 1995.
Esta delimitación establece un área de protección en torno al bien que tiene como finalidad prevenir y proteger al monumento de obras y otras actividades que afectan a su integridad o impidan la apreciación y disfrute del mismo.
Asimismo, parte del área delimitada está afectada por el deslinde marítimo terrestre y los 100 metros de servidumbre y protección que establece el referido deslinde.
Por tanto la delimitación parte desde El Saltadero, situado al NE, en la ribera del mar, en dirección Oeste, coincidiendo con la pared de piedra que delimita la propiedad, aproximadamente 210 metros, punto previsto en el Plan Especial de Protección como lugar de acceso al monumento; a partir de aquí, realiza un quiebro de 79 metros hacia el Oeste, en dirección al cruce general de acceso al núcleo de Las Salinas hasta el borde de la carretera, desde donde quiebra en dirección Sudoeste, 126 metros, coincidiendo con el borde exterior de la carretera, punto desde el que vuelve a quebrar en aproximadamente 90º con dirección Sudeste, coincidiendo con el bordillo de la calle del futuro aparcamiento previsto en el Plan Especial de Protección, en línea de 87 metros, desde donde continúa en dirección a la Playa, bordeando por el exterior el sendero peatonal existente hasta riberas del mar y que en línea recta mide 150 metros.
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