

|
|
|
En la base duodécima de la convocatoria se establece que la adjudicación de las ayudas se resolverá antes del 30 de julio de 2002.
Dado el elevado número de solicitudes presentadas y la complejidad en el examen y evaluación de las mismas, se ha dilatado el procedimiento, lo que impide razonablemente cumplir con los plazos previstos.
Lo que aconseja, sobre la base de lo establecido en el artē. 42.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una ampliación en el plazo de resolución. Por ello,
D I S P O N G O:
Ampliar hasta el 15 de septiembre de 2002 el plazo para resolver las ayudas para realización de estudios universitarios en el curso 2001/2002.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de julio de 2002.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTES,
José Miguel Ruano León.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |