La Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, se elabora en el marco de nuestra Carta Magna, la Constitución española de 27 de diciembre de 1978, de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
La norma contiene la previsión de los ingresos y la autorización de los gastos a realizar en el ejercicio, siendo este su contenido mínimo y necesario, pero dado que la orientación del gasto es el reflejo de la política económica general, para su mejor interpretación y ejecución es necesario incluir una serie de disposiciones. Como ha precisado el Tribunal Constitucional, resultaría insuficiente el contenido mínimo restringido a las previsiones contables, ya que deben atenderse una serie de disposiciones que guardan relación directa con las previsiones de ingresos y las habilitaciones de gasto y que vienen a conformar la dirección y orientación de la política económica que corresponde al Gobierno y los criterios de su política, al tiempo que facilitan su interpretación y la eficaz ejecución.
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