Protección de datos

El Reglamento General de Protección de Datos aprobado por el Parlamento Europeo y el Consejo el 27 de abril de 2016 es, desde el 25 de mayo de 2018, de obligado cumplimiento para todos los países de la Unión Europea.

Esta nueva normativa persigue los siguientes objetivos principales:

  1. Garantizar un nivel equivalente de protección y de libre circulación de los datos en todos los Estados de la Unión.

  2. Dar respuesta a los retos planteados por la rápida evolución tecnológica y la globalización, que han hecho que los datos personales sean el recurso principal de la sociedad de la información, facilitando el control de su destino y uso.

Se agrava además el régimen sancionador existente hasta ahora y lo hace mucho más exigente de tal forma que las multas pueden alcanzar hasta los 20 millones de euros.

Derechos de la ciudadanía

La normativa de protección de datos permite que la ciudadanía pueda ejercer ante los órganos responsables del tratamiento competentes por razón de la materia sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación del tratamiento, y a no ser objeto de decisiones individualizadas basadas en tratamientos automatizados.

Los modelos de solicitud y la tramitación electrónica de estos derechos se encuentran disponibles a través del trámite específico publicado en la sede electrónica del Gobierno de Canarias.

Registro de actividades de tratamiento

El artículo 30 del Reglamento establece que “cada responsable” y, en su caso, su representante llevarán un registro de las actividades de tratamiento efectuadas bajo su responsabilidad”.

La realización de este registro servirá a cada responsable o encargado para responder a lo expuesto en él y que alude al hecho de que “todos los responsables y encargados están obligados a cooperar con la autoridad de control y a poner a su disposición, previa solicitud, dichos registros, de modo que puedan servir para supervisar las operaciones de tratamiento”.

Normativa y guías