IX.3.C. Por otras causas.
1. Otros supuestos de pérdida de la condición de funcionario:
1.1. Por renuncia voluntaria: manifestada por escrito y aceptada expresamente por la Dirección General de relaciones con la Administración de Justicia.
1.2. Por pérdida de la nacionalidad española.
1.3.Por la inhabilitación absoluta o especial impuesta como pena principal o accesoria por los tribunales cuando sea firme.
1.4.Por condena a pena de privación de libertad superior a tres años por razón de delito doloso.
- Art. 491.2 y 443.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial
2.Órgano competente:
El/la titular de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, respecto a los funcionarios destinados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
- Art. 75 del Decreto 331/2011, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.
3. Anotación en el Registro Central de personal:
- Resolución acordando el cese, en el modelo F.3.R. anexo a la Orden de 25 de abril de 1996, por la que se aprueban las normas reguladoras del Registro Central del personal al servicio de la Administración de Justicia.