VII.2.K. Supuestos de suspensión del contrato sin reserva de plaza, salvo pacto.
1. Mutuo acuerdo de las partes.
2. Las causas consignadas válidamente en el contrato.
El examen de tal validez debe realizarse conforme a las disposiciones que se citan en la referencia.
Art. 45.1.a) y b) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.