EL TECNOESTRÉS

 

 

"Se ha denominado tecnoestrés a un tipo concreto de estrés generado por el desajuste entre la demanda y los recursos disponibles en el uso de tecnologías de la información y comunicación, y que conlleva el desarrollo de actitudes negativas hacia las mismas". Dentro de éste se engloban conceptos como el de la tecnoansiedad, la tecnofatiga y la tecnoadicción.

EL TECNOESTRÉS

 

Debido a la generalización de este forma de trabajo, se trata de un problema en aumento, que ha adquirido una dimensión aún mas importante con la implantación masiva del teletrabajo tras el comienzo de la pandemia. Tal es así, que es uno de los inconvenientes que menciona de manera expresa en su exposición de motivos el Real Decreto-ley 28/2020 de trabajo a distanica.

La necesidad de establecer medidas preventivas frente al mismo ya ha encontrado cabida en nuestro ordenamiento jurídico, así la Ley 3/2018 sobre protección de datos personales y garantía de los derechos digitales que modifica el Estatuto de los trabajadores, incluyendo el artículo 20 bis sobre Derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión. Además, introduce la obligación empresarial del establecimiento de criterios de utilización de los dispositivos digitales, en los que deberán participar los representantes de los trabajadores. Establece igualmente la regulación a través de la negociación colectiva, del derecho a la desconexión digital de los trabajadores durante los periodos de descanso, permisos y vacaciones.

Existen varios instrumentos para medir tecnoestrés (véase NTP 730). En particular en España, el equipo de Investigación WONT Prevenció Psicosocial de la Universitat Jaume I de Castellón (http://www.wont.uji.es), ha desarrollado el RED-TIC, como instrumento para diagnosticar tecnoestrés (NTP: 730).

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