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BOC-A-2025-161-2966.
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ANTECEDENTES
Primero.- La Dirección de Enfermería del Complejo Hospitalario Universitario Insular Materno Infantil (en adelante, CHUIMI) ha manifestado la necesidad de consideración como específicos los puestos de Enfermería y Auxiliar de Enfermería del Servicio de Urgencias Hospitalarias del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (HUIGC), al tratarse de un Servicio que requiere un dimensionamiento y una estabilidad singular por su complejidad.
El Servicio de Urgencias por su complejidad, debido entre otras cosas a la alta presión asistencial constante, a la necesidad de toma de decisiones rápidas y trabajo multidisciplinar intensivo, requiere de un personal de enfermería capacitado, con formación específica y/o experiencia acreditada, que garantice ante todo la seguridad del paciente y la eficiencia en la atención a los mismos.
La desaparición del reconocimiento del Servicio de Urgencias como servicio especial con la nueva publicación de la lista de empleo de la categoría Enfermera/o ha generado una dificultad creciente para cubrir las necesidades reales con personal de Enfermería que tengan unos perfiles adecuados.
Se ha observado un incremento en la rotación del personal debido a la incorporación de profesionales sin experiencia previa en el Servicio de Urgencias, y la consiguiente necesidad de una curva de aprendizaje que impacta negativamente en la calidad asistencial y la seguridad clínica en dicho Servicio.
Esta situación justifica lo que a continuación se detalla:
1.- La sobrecarga para los profesionales con más experiencia que deben asumir la falta de la misma con personal de nueva contratación, aumentando con ello el agotamiento profesional y desmotivación.
2.- La complejidad y criticidad del entorno del Servicio de Urgencias, que exige competencias específicas en atención al paciente crítico, triaje, manejo de situaciones de alta presión, y capacidad de respuesta ante situaciones imprevisibles.
3.- La necesidad de garantizar la continuidad asistencial con personal competente, reduciendo el impacto de la curva de aprendizaje.
4.- La retención del talento: facilitar la permanencia en el servicio de profesionales motivados y especializados, reconociendo el valor añadido que aportan.
5.- La equidad en la atención sanitaria, garantizando que los pacientes que acuden al Servicio de Urgencias reciban una atención segura, ágil y de calidad.
A los efectos de nombramientos de personal de enfermería para el Servicio de Urgencias, considerándolos como puestos específicos, permitiría:
- Priorizar la contratación de profesionales con experiencia en el servicio o con formación específica en urgencias y emergencias.
- Establecer criterios diferenciales que faciliten la continuidad de equipos consolidados.
- Mejorar la planificación y cobertura de turnos críticos, especialmente en franjas nocturnas, fines de semana y periodos vacacionales.
Los méritos que deberán acreditar el personal de Enfermería (Enfermero/a y Auxiliares de Enfermería) que vayan a cubrir dichos puestos específicos serían alguno de los siguientes:
- Formación teórico práctica mínima de 100 horas en Urgencias Hospitalarias, siendo la formación práctica mínimo un 50% del total.
- Experiencia mínima en el Servicio de Urgencias Hospitalarias de tres meses en los últimos dos años o seis meses en los últimos cuatro años.
La creación de estos puestos específicos representan una necesidad estratégica para garantizar una mejor calidad asistencial, la seguridad del paciente, siendo necesario contar con personal especializado que tenga la capacidad de transformar grandes volúmenes de datos en información útil y estratégica.
Es por ello que eleva propuesta, con la correspondiente memoria justificativa, sobre la necesidad de cubrir con carácter temporal, con excepción de los nombramientos de interinidad en plaza vacante del artículo 9.1.a) del Estatuto Marco y para los nombramientos de sustitución en el ámbito del Servicio de Urgencias del HUIGC, puestos de trabajo específicos de las categorías de Enfermera/o y Auxiliar de Enfermería.
Segundo.- La Orden de 3 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivadas de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo (BOC n.º 121, de 21.6.2011), establece en su artículo 8 “Puestos Específicos”, en el apartado 3:
“...cuando las características del específico puesto de trabajo así lo exijan, la Gerencia/Dirección Gerencia, previa audiencia de la Comisión Técnica de Listas de Empleo prevista en el artículo 13.2, podrá determinar los conocimientos, técnicas, habilidades o aptitudes precisos para su adecuada cobertura, en cuyo caso serán considerados preferentes en el orden de llamamiento aquellos aspirantes que, estando vinculados a la correspondiente Gerencia/Dirección Gerencia, hayan acreditado previamente dicho perfil”.
De conformidad con lo previsto en el artículo 8.3 de la Orden de 3 de junio de 2011, se ha dado el trámite de audiencia a la Comisión Técnica de Listas de Empleo constituida en esta Dirección Gerencia el 9 de julio de 2025, no habiendo oposición de ninguno de los miembros, al objeto que quienes conformen la lista de empleo de esas categorías estando vinculados a esta Dirección Gerencia y hayan acreditado previamente dicho perfil, serán considerados preferentes en el orden de llamamiento. Asimismo, y toda vez que la actual lista de empleo de la categoría de enfermera/o publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 122, de 20 de junio de 2025, para los nombramientos de corta duración se ha agotado, motivo por lo que se ha convocado una nueva lista de empleo supletoria para esa categoría en el CHUIMI, que una vez resuelta, los aspirantes que resulten integrantes de la misma, podrán acreditar también reunir ese perfil, a los efectos de tener con la mayor agilidad posible cubiertas las necesidades de nombramientos temporales y de sustitución en el Servicio de Urgencias Hospitalarias del HUIGC, con excepción de los nombramientos de interinidad en plaza vacante.
La Dirección Gerencia deberá dictar resolución motivada en la que se determinen los conocimientos, técnicas, habilidades o aptitudes precisos para su adecuada cobertura, y proceder a su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, otorgando a los interesados que se encuentren vinculados orgánicamente a este Órgano Gestor plazo para acreditar ante la misma, en la forma que se determina en las bases, reunir el perfil necesario, en cuyo caso serán considerados preferentes en el orden de llamamiento de la lista de empleo que corresponda.
Tercero.- Mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de 6 de junio de 2025, se aprueba la lista de empleo derivada de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes de la categoría de Enfermera/o del Grupo A/A2 Sanitario, convocadas mediante Resolución de 4 de marzo de 2019 (BOC n.º 122, de 20.6.2025).
En la citada lista de empleo se indican los datos identificativos de los integrantes, la Gerencia/Dirección Gerencia a la que inicialmente está vinculado orgánicamente y el orden de prelación que les corresponde.
Cuarto.- Mediante Resolución de la Dirección Gerencia n.º 3924/2025, de 8 de julio de 2025, se ha convocado la constitución de una lista de empleo supletoria de la categoría Enfermera/o en el ámbito del CHUIMI, que se ha publicado en la web del Servicio Canario de la Salud.
De la misma saldrán sus integrantes con su orden de prelación, que estarán a continuación de los que pertenezcan a la lista oficial detallada en el apartado anterior.
Quinto.- Mediante Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de 9 de enero de 2020, se aprueba la lista de empleo correspondiente a la categoría profesional de Auxiliar de Enfermería en los Órganos de Prestación de Servicios Sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC n.º 13, de 21.1.2020).
En la citada lista de empleo se indican los datos identificativos de los integrantes, la Gerencia/Dirección Gerencia a la que inicialmente está vinculado orgánicamente y el orden de prelación que les corresponde.
Sexto.- Mediante Resolución de la Dirección Gerencia n.º 1923/2022, de 7 de abril de 2022, se constituyó lista de empleo supletoria de la categoría Auxiliar de Enfermería en el ámbito del CHUIMI, que fue publicada en la web del Servicio Canario de la Salud.
De la misma saldrán sus integrantes con su orden de prelación, que estarán a continuación de los que pertenezcan a la lista oficial detallada en el apartado anterior.
Séptimo.- Mediante Resolución de la Dirección Gerencia n.º 4489/2024, de 6 de septiembre de 2024, se constituyó una segunda lista de empleo supletoria de la categoría Auxiliar de Enfermería en el ámbito del CHUIMI, que fue publicada en la web del Servicio Canario de la Salud.
De la misma saldrán sus integrantes con su orden de prelación, que estarán a continuación de los que pertenezcan a la lista supletoria detallada en el apartado anterior.
Octavo.- La gestión y funcionamiento de todas las listas de empleo detalladas en los apartados anteriores se ajustarán a la Orden de 3 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivadas de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo (BOC n.º 121, de 21.6.2011).
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
I.- La Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (BOE n.º 301, de 17 de diciembre), prevé, en su artículo 9.1, el nombramiento de interinidad de personal estatutario temporal por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, y en su artículo 9 bis.1, el nombramiento de personal estatutario sustituto.
II.- La Resolución de 3 de enero de 1996, de la Directora General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de delegación de ejercicio de competencias en materia de gestión de personal (BOC n.º 7, de 15.1.1996), delega en los Gerentes de Atención Primaria, Directores Gerentes de los Hospitales y Gerentes de Servicios Sanitarios, en materia de gestión de personal sometido a régimen estatutario, el ejercicio de las competencias en materia de selección y nombramiento del personal temporal.
III.- La Orden de 3 de junio de 2011, por la que se establece el procedimiento de constitución, ordenación y funcionamiento de las listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud, derivadas de los procesos selectivos para el acceso a la condición de personal estatutario fijo (BOC n.º 121, de 21.6.2011).
IV.- La Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de 6 de junio de 2025, aprueba la lista de empleo derivada de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes de la categoría de Enfermera/o del Grupo A/A2 Sanitario, convocadas mediante Resolución de 4 de marzo de 2019 (BOC n.º 122, de 20.6.2025), y la Resolución de la Dirección Gerencia n.º 3924/2025, de 8 de julio de 2025, convoca la constitución de una lista de empleo supletoria de la categoría Enfermera/o en el ámbito del CHUIMI, publicada en la web del Servicio Canario de la Salud.
V.- Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de 9 de enero de 2020, que aprueba la lista de empleo correspondiente a la categoría profesional de Auxiliar de Enfermería en los Órganos de Prestación de Servicios Sanitarios del Servicio Canario de la Salud (BOC n.º 13, de 21.1.2020), la Resolución de la Dirección Gerencia n.º 1923/2022, de 7 de abril de 2022, de lista de empleo supletoria de la categoría Auxiliar de Enfermería en el ámbito del CHUIMI, y Resolución de la Dirección Gerencia n.º 4489/2024, de 6 de septiembre de 2024, de nueva lista de empleo supletoria de la categoría Auxiliar de Enfermería en el ámbito del CHUIMI, ambas publicadas en la web del Servicio Canario de la Salud.
Por cuanto antecede,
RESUELVO:
Primero.- Convocar proceso entre los candidatos integrantes de las listas de empleo correspondientes a las categorías profesionales de Enfermera/o y Auxiliares de Enfermería vinculados orgánicamente a la Dirección Gerencia del CHUIMI, y a los que resulten de la Lista de Empleo Supletoria de la categoría Enfermera/o convocada por Resolución n.º 3924/2025, de 8 de julio de 2025, para el reconocimiento de preferencia en el orden de llamamiento a efectos de la cobertura, mediante nombramiento de personal estatutario temporal o sustituto de las citadas categorías para desempeñar sus funciones en el ámbito del Servicio de Urgencias Hospitalarias del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (HUIGC).
Segundo.- El proceso se regirá por las siguientes
BASES
Primera.- Normas generales.
1.1.- La presente convocatoria tiene por objeto conformar, en el ámbito del CHUIMI:
A) Una lista específica de la categoría de Enfermera/o con los integrantes de la vigente lista de empleo de la citada categoría profesional a los que se reconocerá preferencia en el orden de llamamiento para desempeñar sus funciones en el ámbito del Servicio de Urgencias Hospitalarias del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (HUIGC) y con los que formen parte de la lista supletoria de dicha categoría actualmente en fase de tramitación.
B) Una lista específica de la categoría de Auxiliar de Enfermería con los integrantes de la lista de empleo de la citada categoría profesional a los que se reconocerá preferencia en el orden de llamamiento para desempeñar sus funciones en el ámbito del Servicio de Urgencias Hospitalarias del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (HUIGC).
1.2.- El procedimiento consistirá en la comprobación de reunir los requisitos requeridos para el desempeño de los puestos en el ámbito del Servicio de Urgencias Hospitalarias del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (HUIGC) y que se señalan en la base tercera.
1.3.- Todas las publicaciones relacionadas con el proceso se realizarán en la intranet y en el tablón de anuncios de esta Dirección Gerencia, ubicado en la siguiente dirección: Edificio Anexo al Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (Unidad de Atención al Empleado), Avenida Marítima del Sur, s/n, código postal 35016, Las Palmas de Gran Canaria.
Segunda.- Participantes.
Enfermeros: podrán participar en la presente convocatoria los candidatos que formen parte de la lista de empleo de la categoría profesional de Enfermera/o que establece la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, de 6 de junio de 2025, que aprueba la lista de empleo derivada de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas básicas vacantes de la categoría de Enfermera/o del Grupo A/A2 Sanitario, convocadas mediante Resolución de 4 de marzo de 2019 (BOC n.º 122, de 20.6.2025), que estén adscritos al CHUIMI y los que resulten miembros de la Lista Supletoria convocada por la Resolución de la Dirección Gerencia n.º 3924/2025, de 8 de julio de 2025, publicada en la web del Servicio Canario de la Salud.
Auxiliares de Enfermería: podrán participar en la presente convocatoria los candidatos que formen parte de la lista de empleo de la categoría profesional de Auxiliar de Enfermería publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 13, de 21 de enero de 2020, que estén adscritos al CHUIMI y los pertenecientes a las listas supletorias de dicha categoría en el ámbito del CHUIMI, dimanantes de las Resoluciones de la Dirección Gerencia n.º 1923/2022, de 7 de abril de 2022, y n.º 4489/2024, de 6 de septiembre de 2024, publicadas en la web del Servicio Canario de la Salud.
Tercera.- Requisitos de los aspirantes.
Los aspirantes que cumplan los requisitos para participar integrantes actuales de las listas de empleo correspondientes a las categorías profesionales de Enfermera/o y Auxiliar de Enfermería adscritos al CHUIMI y los que deriven de la lista supletoria de Enfermera/o convocada mediante Resolución de la Dirección Gerencia n.º 3924/2025, de 8 de julio de 2025, para desempeñar sus funciones en el ámbito del Servicio de Urgencias Hospitalarias del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (HUIGC), deberán acreditar, al término del plazo fijado para la presentación de solicitudes, alguno de los siguientes requisitos:
- Formación teórico práctica mínima de 100 horas en Urgencias Hospitalarias, siendo la formación práctica mínimo un 50% del total.
- Experiencia mínima en el Servicio de Urgencias Hospitalarias de tres meses en los últimos dos años o seis meses en los últimos cuatro años.
La formación teórico-práctica deberá haber sido impartida por:
- Órganos o Instituciones de las Administraciones Educativas o Sanitarias Públicas, Centros Públicos de Formación para empleados públicos, Centros Universitarios, el Instituto Canario de Formación y Empleo o el organismo homólogo de las restantes Administraciones Públicas.
- Organizaciones Sindicales, Colegios Profesionales, Sociedades Científicas o entidades sin ánimo de lucro, siempre que dichos procesos formativos estén amparados por una norma reguladora de rango suficiente, la cual deberá constar expresamente en los certificados o diplomas acreditativos, o bien ser certificada mediante documento anexo.
Cuarta.- Plazos de presentación y registro de solicitudes.
4.1.- Las solicitudes para participar en esta convocatoria se ajustarán necesariamente al modelo que figura en el anexo de la presente Resolución y se dirigirán a la Dirección Gerencia del CHUIMI.
4.2.1. Las solicitudes se presentarán en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias para los actuales integrantes de las listas de empleo de las categorías de Enfermera/o y Auxiliar de Enfermería
4.2.2. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de diez días contados a partir del día siguiente a la entrada en vigor de la lista supletoria de la categoría Enfermera/o convocada por Resolución de la Dirección Gerencia n.º 3924/2025, de 8 de julio de 2025.
4.3.- La solicitud de participación, acompañada de los documentos que se refiere la base quinta de esta convocatoria, se presentará en el Registro Auxiliar de la Dirección Gerencia, ubicado en la planta baja del edificio anexo al Hospital Universitario Insular de Gran Canaria, en cualquiera de los registros electrónicos de la Administración Pública o en las dependencias previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinta.- Documentación.
5.1.- Junto a la solicitud, los participantes deberán aportar inexcusablemente los siguientes documentos acreditativos del cumplimiento de los requisitos exigidos en la base tercera de la presente Resolución:
• Fotocopia compulsada del DNI o documento acreditativo de la identidad.
• Documentación compulsada acreditativa de la formación requerida.
• Documentación acreditativa de la experiencia mínima
5.2.- Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser oficiales, suscritos por autoridades competentes, legalizados por vía diplomática y acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción al castellano.
Sexta.- Admisión y comprobación de los requisitos por los aspirantes.
6.1.- La documentación presentada por los aspirantes será revisada por la Subdirección de Gestión de Recursos Humanos, a efectos de comprobar la acreditación de los requisitos requeridos.
6.2.- La Dirección Gerencia del CHUIMI aprobará, mediante Resolución que se publicará en sus tablones de anuncios, la relación provisional de los candidatos admitidos y excluidos que reúnan los requisitos requeridos para desempeñar los puestos específicos de Enfermera/o y Auxiliar de Enfermería para desempeñar sus funciones en el ámbito del Servicio de Urgencias Hospitalarias del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (HUIGC).
6.3.- Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de cinco días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la citada Resolución para subsanar los defectos apreciados y, en su caso, la exclusión indebida. Si dentro del plazo establecido no subsanan el defecto que haya motivado la exclusión u omisión, no se les reconocerá preferencia en el orden de llamamiento para el desempeño de las funciones en el ámbito del Servicio de Urgencias Hospitalarias del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (HUIGC).
6.4.- Una vez finalizado el plazo de subsanaciones y reclamaciones y estudiadas las mismas por la Subdirección de Recursos Humanos, la Dirección Gerencia dictará Resolución aprobando la lista definitiva de integrantes de la Listas de Empleo de Enfermera/o y Auxiliar de Enfermería a quienes se reconoce preferencia en el orden de llamamiento para desempeñar sus funciones en el ámbito del Servicio de Urgencias Hospitalarias del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (HUIGC).
Séptima.- Criterio de llamamiento.
7.1.- Cuando surja la necesidad de cubrir temporalmente un puesto de Enfermera/o u Auxiliar de Enfermería en el ámbito del Servicio de Urgencias Hospitalarias del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (HUIGC), se procederá al llamamiento de los candidatos a los que se les haya reconocido preferencia mediante el presente procedimiento.
7.2.- El orden de llamamiento vendrá determinado por el lugar que se ocupe en las listas de empleo correspondientes a la categorías profesionales de Enfermera/o y Auxiliar de Enfermería vinculados orgánicamente a esta Dirección Gerencia y que además figure en la correspondiente lista específica conformada para prestar servicio en el ámbito del Servicio de Urgencias Hospitalarias del Hospital Universitario Insular de Gran Canaria (HUIGC), conforme a los requisitos requeridos en la presente convocatoria.
7.3.- De agotarse los candidatos con derecho preferente, se llamará al resto de los que integran la lista de empleo de la categorías profesionales de Enfermera/o y Auxiliar de Enfermería vinculado orgánicamente a esta Dirección Gerencia, por el orden que ocupen en la misma.
Octava.- Nombramiento y periodo de prueba.
El personal estatutario temporal o sustituto que sea nombrado como consecuencia de esta convocatoria estará sujeto a un periodo de prueba, de conformidad con lo previsto en el artículo 33.3 del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el cual no podrá superar los tres meses para el personal de la categoría Enfermera/o ni dos meses para el personal Auxiliar de Enfermería, ni podrá exceder de la mitad de la duración del nombramiento, si esta está precisada en el mismo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo que territorialmente correspondan en función de las reglas contenidas en el artículo 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación, o bien potestativamente recurso de reposición dirigido a la Dirección General de Recursos Humanos en el plazo de un mes a partir del siguiente al de la citada publicación/notificación, en los términos previstos en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer. En caso de interponerse recurso de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso-administrativa hasta que el mismo sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de julio de 2025.- El Director Gerente, José Javier Blanco López.
ANEXO
SOLICITUD DE ADMISIÓN A LA CONVOCATORIA PARA EL RECONOCIMIENTO DE PREFERENCIA EN EL ORDEN DE LLAMAMIENTO, A EFECTOS DE COBERTURA
DE PUESTO ESPECÍFICO CORRESPONDIENTE A LAS CATEGORÍAS PROFESIONALES DE ENFERMERA/O Y AUXILIAR DE ENFERMERÍA, A EFECTOS DE LA COBERTURA DE PUESTOS DE TRABAJO ESPECÍFICOS EN EL ÁMBITO DEL SERVICIO DE URGENCIAS HOSPITALARIAS DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO INSULAR DE GRAN CANARIA.
Ver anexo en la página 36918 del documento Descargar
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