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BOC Nº 080. Miércoles 23 de abril de 2025 - 1522

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III. Otras Resoluciones - Consejerías de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea

1522 ORDEN conjunta de 9 de abril de 2025, por la que se aprueba la constitución y dotación de la Unidad Administrativa de carácter Provisional de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, así como la materialización del traspaso de la UAP Unidad de Proyectos de Agua anteriormente adscrita a la Consejería de Transición Ecológica y Energía, de conformidad con el instrumento de planificación estratégica de dicho Departamento, aprobado el 16 de diciembre de 2024 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU».

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BOC-A-2025-080-1522. Firma electrónica - Descargar

El Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19, ha establecido disposiciones generales en relación con las actuaciones financiables con los fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation), en particular, de los dos instrumentos de mayor volumen de este: el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).

El citado Decreto ley, no obstante, queda derogado en virtud de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160/2021, de 4 de agosto), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Esta Ley, en vigor desde el 5 de agosto de 2021, mantiene la vigencia de las disposiciones finales segunda a sexta, ambas inclusive, del mencionado Decreto ley.

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es el elemento central de Next Generation EU, y está dotado con 672.500 millones de euros, de los que 360.000 millones se destinarán a préstamos y 312.500 millones se constituirán como transferencias no reembolsables. Tiene por objetivo mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus y hacer que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y estén mejor preparadas para los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.

REACT-EU es una nueva iniciativa, dotada de 47.500 millones de euros, que continúa y amplía las medidas de respuesta y reparación de crisis que se han aplicado mediante la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus y la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus Plus. En concreto, tiene por objeto contribuir a una recuperación ecológica, digital y resiliente de la economía, y sus fondos se pondrán a disposición del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del Fondo Social Europeo (FSE) y del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD).

Para garantizar la adecuada gestión y ejecución de los proyectos que se financien con cargo a fondos europeos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que el Consejo de Ministros ha aprobado el 27 de abril de 2021, el Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, en su artículo 13, posibilita la creación de unidades administrativas de carácter provisional (UAP).

El apartado 1, párrafo primero, del artículo 9 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, como ya hiciera el mismo artículo del Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, preceptúa que los departamentos y sus organismos dependientes o, en su caso, los centros directivos encargados de la gestión de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU» elaborarán un instrumento de planificación estratégica (IPE) para la gestión de los mismos en el plazo de dos meses a contar desde su entrada en vigor. Dicho IPE quedará vinculado a la aprobación de aquellos fondos.

De acuerdo con el apartado 2, párrafo segundo, del citado artículo 9, en lo que se refiere a la organización administrativa y las estructuras de personal, el IPE requiere el informe favorable previo de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública. Dichos informes fueron emitidos con fecha 7 de noviembre de 2024 (la primera de las Direcciones Generales citadas) y 29 de julio, 25 de octubre y 8 de noviembre de 2024, por la Dirección General de la Función Pública.

En sesión celebrada el 16 de diciembre de 2024, la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 3.3.b) de la Ley 4/2021, previa su negociación en Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria, aprobó el Instrumento de planificación específico (IPE) de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas.

El artículo 13.2 de la citada Ley 4/2021 prevé que, una vez aprobado el Instrumento de Planificación Estratégica, a propuesta conjunta de las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa iniciativa de la persona titular de la Secretaría General Técnica correspondiente, mediante Orden conjunta de las Consejerías de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, se aprobará la constitución de las correspondientes unidades administrativas de carácter provisional (UAPs), en la que deberán quedar definidos (artículo 14 de la Ley) los puestos de trabajo y perfiles profesionales de dichas unidades, en unos casos mediante la creación de puestos coyunturales que resulten necesarios, y en otros mediante modificación de puestos de trabajo cuyas funciones queden vinculadas directamente a las funciones encomendadas a dichas unidades.

Conforme a las previsiones del citado precepto, la persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, mediante escrito de 15 de enero de 2025, complementado posteriormente por otro de fecha 12 de febrero de 2025, formula iniciativa en orden a la constitución de la Unidad Administrativa Provisional prevista en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, mediante la creación de los puestos de trabajo de carácter coyuntural que, previstos en el IPE aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza en su sesión del 16 de diciembre de 2024, se consideran necesarios para el inicio de la actividad de la citada Unidad, así como la materialización del traspaso de la UAP Unidad de Proyectos de Agua proveniente de la Consejería de Transición Ecológica y Energía.

En su virtud, visto el contenido del Instrumento de Planificación Estratégica aprobado el 16 de diciembre de 2024 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU»; vista la propuesta conjunta formulada por las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, en su sesión del día 21 de marzo de 2025, y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, las Consejeras de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea

RESUELVEN:

Primero.- Aprobar la constitución de la siguiente Unidad Administrativa de carácter Provisional (UAP) en la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas, adscrita a la Secretaría General Técnica, prevista en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento, aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU» en su sesión del 16 de diciembre de 2024:

SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA.

• UAP: UNIDAD DE CONTROL ANTIFRAUDE.

Segundo.- La citada Unidad Administrativa de carácter Provisional, que dependerá directamente de la persona titular de la Secretaría General Técnica, queda constituida por el plazo que exija la ejecución de los proyectos financiados con fondos del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation EU), previéndose inicialmente una vigencia de la misma hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de su posible ampliación por las mismas causas que justificaron su creación, o de su posible extinción antes de dicho plazo, como consecuencia de la finalización de las acciones relacionadas con la ejecución y seguimiento de los proyectos gestionados. Transcurrido el plazo señalado, y de conformidad con lo previsto en el artículo 14.3 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, los puestos de trabajo provenientes de la relación de puestos de trabajo adscritos a dicha Unidad Administrativa Provisional, serán reasignados a sus respectivas unidades de origen.

Tercero.- Materializar la adscripción de la Unidad Administrativa Provisional (UAP) Unidad de Proyectos de Agua proveniente de la Consejería de Transición Ecológica y Energía, que dependerá orgánicamente del titular del Departamento.

Cuarto.- La estructura organizativa de las citadas Unidades Administrativas de carácter Provisional será la que para cada una de ellas se refleja en el Anexo I a esta Orden.

Quinto.- Para el adecuado ejercicio de las funciones atribuidas a las mismas, las Unidades Administrativas de carácter Provisional que por esta Orden se constituyen, contarán con los siguientes medios:

1) UAP UNIDAD DE PROYECTOS DE AGUA (Consejero).

A fin de garantizar la eficiencia de la nueva estructura organizativa, se crean y modifican determinados puestos de trabajo de carácter coyuntural, en los términos que se reflejan en el Anexo II de esta Orden.

Estos nuevos puestos de trabajo de carácter coyuntural tienen una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, sin perjuicio de la posible ampliación de su vigencia por las mismas causas que justificaron su creación, o de su posible extinción antes de dicho plazo, como consecuencia de la finalización de las acciones relacionadas con la ejecución y seguimiento de los proyectos gestionados.

2) UAP UNIDAD DE CONTROL ANTIFRAUDE (Secretaría General Técnica).

Se procede a la adscripción del puesto de trabajo de carácter coyuntural n.º 12835710, Director/a, proveniente de la Unidad Administrativa Provisional de Asistencia, Seguimiento y Control de la Consejería de Transición Ecológica y Energía, a esta UAP, modificándose las retribuciones complementarias, en los términos que se reflejan en el Anexo III de esta Orden.

Sexto.- Se procede a la supresión del puesto de trabajo de carácter coyuntural n.º 12931910, Técnico/a, adscrito a la UAP Proyectos de Agua, en los términos que refleja el Anexo IV de esta Orden.

Séptimo.- A resultas de las creaciones y modificaciones detalladas en los anexos a que se refieren los apartados precedentes, y de la adecuación de la estructura organizativa interna resultante de las mismas, una vez consolidadas todas ellas, la estructura organizativa y la dotación de los puestos de las unidades administrativas de carácter provisional UAPs de la Consejería de Política Territorial, Cohesión Territorial y Aguas quedan en los términos que refleja el Anexo V de esta Orden.

Octavo.- Disponer la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, que producirá efectos desde el día siguiente de su publicación.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante las Consejerías de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de abril de 2025.

LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Nieves Lady Barreto Hernández.

LA CONSEJERA DE HACIENDA Y
RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA,
Matilde Pastora Asián González.

ANEXO I

Ver anexo en la página 16508 del documento Descargar

ANEXO II

Ver anexo en la página 16509 del documento Descargar

ANEXO III

Ver anexo en la página 16510 del documento Descargar

ANEXO IV

Ver anexo en las páginas 16511-16512 del documento Descargar

ANEXO V

Ver anexo en las páginas 16513-16526 del documento Descargar

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