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BOC Nº 060. Miércoles 26 de marzo de 2025 - 1196

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V. Anuncios - Otros anuncios - Universidad de La Laguna

1196 EXTRACTO de la Resolución de 17 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria de ayudas para estancias del Personal Docente e Investigador y estudiantes de posgrado invitados, para el año 2025, vinculadas a convenios en vigor suscritos con universidades e instituciones educativas de países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD).

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BOC-A-2025-060-1196. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 821049.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/821049).

Primero.- Solicitantes.

1. Podrá solicitar estas ayudas el Personal Docente e Investigador de la Universidad de La Laguna, con vínculo funcionarial o laboral, en aquellas modalidades de contratación específicas del ámbito universitario reguladas en la Ley Orgánica del Sistema Universitario, y modalidades contractuales conforme a la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Dicha vinculación deberá poseerse tanto en el momento de la solicitud como durante la realización de la movilidad.

Quedan expresamente excluidas:

- Las personas con contrato laboral con cargo a proyectos de investigación.

- El profesorado asociado.

- El profesorado sustituto.

- Las personas con contrato predoctoral.

2. Adicionalmente, las personas solicitantes deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos:

Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como promotor/a del mismo.

Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como miembro del equipo de trabajo del proyecto y contar con el visto bueno del promotor o promotora del convenio para presentar la solicitud.

De no figurar como miembro del equipo de trabajo del proyecto, acreditar, mediante escrito del promotor o promotora del Convenio, que va a realizar alguna de las actividades contempladas en el plan de trabajo del Convenio específico.

De no existir convenio específico, proponer un plan de trabajo aprobado por una institución de destino con que la Universidad de La Laguna tenga suscrito un convenio marco.

Segundo.- Beneficiarios.

1. Podrán obtener la condición de personas beneficiarias de las ayudas convocadas el alumnado de posgrado, investigadores y/o docentes de Instituciones de Educación Superior u Organismos Públicos de investigación de países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD), invitados por el PDI solicitante para realizar una estancia en la Universidad de Laguna.

2. Además, deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos:

Para el PDI invitado:

a) Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como promotor/a del mismo.

b) Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como miembro del equipo de trabajo del proyecto y contar con el visto bueno del promotor o promotora del convenio para presentar la solicitud.

c) De no figurar como miembro del equipo de trabajo del proyecto, acreditar, mediante escrito del promotor o promotora del convenio, que va a realizar alguna de las actividades contempladas en el plan de trabajo del convenio específico.

d) De no existir convenio específico proponer un plan de trabajo aprobado por una institución de origen con que la Universidad de La Laguna tenga suscrito un convenio marco.

Para el alumnado invitado:

a) Estar realizando una tesis doctoral con mención internacional (o su equivalente en la normativa del país de origen), o cotutelada por profesorado de la institución de origen y la ULL.

b) Figurar, en el convenio específico que justifica la solicitud, como miembro del equipo de trabajo del proyecto y contar con el visto bueno del promotor o promotora del convenio para presentar la solicitud.

c) De no figurar como miembro del equipo de trabajo del proyecto, acreditar, mediante escrito del promotor o promotora del convenio, que va a realizar alguna de las actividades contempladas en el plan de trabajo del convenio específico.

Tercero.- Objeto.

El objeto de esta convocatoria es dotar ayudas para sufragar parte de los gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de estudiantes de posgrado e investigadores y/o docentes de países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD), que realicen una estancia en la Universidad de La Laguna durante el año 2025, para actividades plasmadas en los convenios en vigor tramitados por el Vicerrectorado convocante.

Cuarto.- Bases reguladoras.

Resolución de 21/2025, del Vicerrectorado de Internacionalización y Cooperación, por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria de ayudas para estancias del Personal Docente e Investigador y estudiantes de posgrado invitados, para el año 2025, vinculadas a convenios en vigor suscritos con universidades e instituciones educativas de países receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD).

Quinto.- Cuantía.

Se dotarán un total de doce ayudas por un importe máximo de 21.600 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 180415AA 422A.X 480.02, en dos modalidades:

- Modalidad A) Personal Docente e Investigador: 8 ayudas de 1.800 euros cada una.

- Modalidad B) Estudiantes de máster o doctorado: 4 ayudas de 1.800 euros cada una.

Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto el Boletín Oficial de Canarias.

Séptimo.- Otros datos.

Las solicitudes se presentarán telemáticamente a través de la sede electrónica de la Universidad de La Laguna en la dirección web https://sede.ull.es/ecivilis-site/catalog/showProcedure/330, adjuntando a la misma los documentos requeridos en la convocatoria.

San Cristóbal de La Laguna, a 17 de marzo de 2025.- La Vicerrectora de Internacionalización y Cooperación (p.d. Resolución de 12.5.2023; BOC n.º 101, de 25.5.2023), María Inmaculada González Pérez.

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