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BOC Nº 253. Jueves 19 de diciembre de 2024 - 4290

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias

4290 DECRETO 217/2024, de 19 de diciembre, por el que se delega en la persona titular de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias la competencia para autorizar la suscripción de un Convenio con el Cabildo Insular de La Palma, por el que se encomienda la gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes médicos, psicológicos y sociales que sirvan de base para el dictamen del reconocimiento del grado de discapacidad, para el año 2025.

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BOC-A-2024-253-4290. Firma electrónica - Descargar

La distribución de competencias en materia de servicios sociales implantada en Canarias por la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, pone de manifiesto la necesidad de mantener y avanzar en la cooperación y coordinación interadministrativa entre las Administraciones Públicas implicadas, especialmente con los Cabildos Insulares, competentes en la prestación de servicios de atención especializada en materia de servicios sociales.

El Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, y a iniciativa de la Dirección General de Discapacidad, está tramitando con el Cabildo Insular de La Palma la suscripción de un Convenio que tiene por objeto encomendar al Cabildo Insular de La Palma la gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes, médicos, psicológicos y sociales que sirvan de base para el dictamen del reconocimiento del grado de discapacidad, para el año 2025.

Visto el artículo 125.1 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, en relación con el artículo 29.3 de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024, que dispone que los convenios que celebre la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias con los Cabildos Insulares, que impliquen obligaciones de contenido económico por importe superior a 150.000 euros, requerirán la autorización del Gobierno prevista en el citado artículo 125.1 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares, salvo que tengan por objeto instrumentar la concesión de subvenciones nominadas.

Considerando que a la vista de la próxima finalización del ejercicio presupuestario, y teniendo en cuenta los trámites aún pendientes por la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias para cerrar con el Cabildo Insular de La Palma la negociación de formalización del citado Convenio en materia de discapacidad, que se prevé de cuantía superior a ciento cincuenta mil euros, y con el ánimo de agilizar la tramitación y dar cumplimiento al fin primordial para el que ha sido previsto el crédito asignado para financiar dicho convenio, se estima oportuno y conveniente delegar la competencia atribuida al Gobierno en el artículo 29.3 de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024, para autorizar la suscripción del convenio de cuantía superior a ciento cincuenta mil euros.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 19 de diciembre de 2024,

RESUELVO:

Primero.- Delegar en la persona titular de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias la competencia para autorizar la suscripción de un Convenio con el Cabildo Insular de La Palma, por el que se encomienda la gestión de la actividad consistente en la elaboración de informes médicos, psicológicos y sociales que sirvan de base para el dictamen del reconocimiento del grado de discapacidad, para el año 2025.

Segundo.- Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación indicarán expresamente dicha circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Tercero.- Del ejercicio de la delegación prevista en el apartado anterior, la persona titular de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias dará cuenta al Gobierno en el primer trimestre de 2025.

Cuarto.- El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Canarias, a 19 de diciembre de 2024.

EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.

LA CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL,
IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS,
María Candelaria Delgado Toledo.

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