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BOC Nº 223. Viernes 8 de noviembre de 2024 - 3694

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad

3694 Instituto Canario de Administración Pública.- Resolución de 31 de octubre de 2024, de la Directora, por la que se resuelve definitivamente la convocatoria de subvenciones a los Cabildos y Ayuntamientos de Canarias para la formación de su propio personal y con sus propios medios, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), 2024.

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Examinado el expediente tramitado para la concesión de las subvenciones expresadas en el epígrafe y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º) En el Boletín Oficial de Canarias n.º 117, de 17 de junio de 2024, se publicó el extracto de la convocatoria de subvenciones aprobada mediante Resolución n.º 120/2024, de la Directora del Instituto Canario de Administración Pública, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones destinadas a Cabildos y Ayuntamientos para la formación de su propio personal y con sus propios medios, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), concediéndose un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación, para la presentación de solicitudes para acogerse a las mismas.

2.º) Concluido el anterior plazo se presentaron seis solicitudes:

- Cabildo Insular de Tenerife.

- Cabildo Insular de Fuerteventura.

- Ayuntamiento de Icod de los Vinos.

- Ayuntamiento de Telde.

- Ayuntamiento de San Miguel como promotor de un Plan Agrupado de Formación 2024 Chasna-Isora, al que se adhieren: Ayuntamiento de Adeje, Ayuntamiento de Arico, Ayuntamiento de Arona, Ayuntamiento de Fasnia, Ayuntamiento de Granadilla de Abona, Ayuntamiento de Guía de Isora, Ayuntamiento de San Miguel de Abona, Ayuntamiento de Santiago del Teide y Ayuntamiento de Vilaflor de Chasna.

- Ayuntamiento de Gáldar.

Una vez examinadas las mismas, se observó que algunas de las solicitudes no se ajustaban a lo requerido por la convocatoria, por lo que se les requirió la subsanación de los defectos observados, concediéndose, a tal efecto, un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente a su notificación.

3.º) Finalizado el plazo de subsanación, el día 3 de septiembre del presente, tal y como consta en certificado del registro obrante en el expediente, se comprueba que atendieron el requerimiento el Ayuntamiento de Gáldar, Ayuntamiento de San Miguel, Ayuntamiento de Telde y Cabildo de Fuerteventura.

4.º) De conformidad con lo dispuesto en la base 16 las bases reguladoras que rigen la convocatoria, mediante Resolución n.º 376, de fecha 27 de septiembre 2024, se nombró una Comisión de Evaluación con el fin de proceder a la valoración de las distintas solicitudes presentadas.

5.º) Al objeto de dar cumplimiento a la función encomendada, el 30 de septiembre de 2024 se reunió la Comisión de Evaluación y, tras analizar las solicitudes y demás documentación presentadas, se levantó acta con el resultado de la evaluación efectuada, de acuerdo con los criterios de concesión aprobados para la presente convocatoria en su apartado cuarto y con los límites establecidos en la base 6 de las bases reguladoras sobre módulos económicos, para posteriormente plasmarse en el informe de evaluación.

6.º) En sesión celebrada el 2 de octubre de 2024, la Comisión de Formación para el Empleo Local de la Comunidad Autónoma de Canarias, reunida al efecto, aprobó los planes de formación presentados y admitidos, formulando propuesta de concesión de la convocatoria.

7.º) En el Boletín Oficial de Canarias n.º 205, de 15 de octubre de 2024, se publica la Resolución n.º 387, de 8 de octubre de 2024, de la Directora del Instituto Canario de Administración Pública, que resuelve provisionalmente la convocatoria de subvenciones efectuada por Resolución n.º 120/2024, de la Directora del Instituto Canario de Administración Pública, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones destinadas a Cabildos y Ayuntamientos para la formación de su propio personal y con sus propios medios, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), conforme el siguiente detalle:

Ver anexo en la página 37723 del documento Descargar

8.º) En el Boletín Oficial de Canarias n.º 205, de 15 de octubre de 2024, tiene lugar la publicación de la Resolución por la que se resuelve provisionalmente la convocatoria de subvenciones a los Cabildos y Ayuntamientos de Canarias para la formación de su propio personal y con sus medios propios, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), efectuada por Resolución de 9 de mayo de 2024, otorgándose a los anteriores promotores un plazo máximo de 5 días hábiles para comunicar la aceptación de las mismas con la presentación del Anexo III, indicándoles, a su vez, que en caso de no realizar dicho trámite, se entenderá que el interesado no acepta la subvención.

9.º) En el plazo otorgado al efecto, los promotores propuestos como beneficiarios abajo indicados presentaron Anexo III, esto es, la aceptación expresa de la subvención y solicitud abono del 25% de la subvención:

Cabildo Insular de Tenerife.

Ayuntamiento de Icod de los Vinos.

Ayuntamiento de Telde.

Ayuntamiento de San Miguel de Abona.

Los promotores Cabildo Insular de Fuerteventura y Ayuntamiento de Gáldar no presentan Anexo III, luego se entiende que no aceptan la subvención.

10.º) Existe crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria de gastos 4301 921G 45003 Transferencia a Ayuntamientos y sus OO.AA, fondo 4043003 y elemento PEP 43400003-Formación empl. Púb. CCLL Canarias, por importe de cuatrocientos cuarenta y nueve mil cincuenta y siete (449.057,00) euros. Consta en el expediente documento contable n.º 152225.

11.º) El Servicio de Régimen Jurídico, Asuntos Económicos y Administrativos emitió certificación en los términos señalados en el artículo 37.5 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

A los anteriores antecedentes les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Primero.- El presente Procedimiento se resuelve de conformidad con lo establecido en Resolución n.º 120/2024 de 9 de mayo de 2024, de la Directora del ICAP, por la que se convocan subvenciones destinadas a los Cabildos y Ayuntamientos de Canarias, correspondientes al ejercicio 2024, para la formación de su personal con sus propios medios, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), publicado extracto en el Boletín Oficial de Canarias n.º 117, de 17 de junio de 2024.

Segundo.- La presente Resolución definitiva de concesión se dicta al amparo de la Orden del Consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad de 22 de julio de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir, con carácter indefinido, la concesión de subvenciones a los cabildos y ayuntamientos de Canarias para la formación de su propio personal y con sus medios propios, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP), publicada en el Boletín Oficial de Canarias n.º 152, de 2 de agosto de 2022, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como lo determinado en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y restantes normas de derecho administrativo que le sean de aplicación.

Tercero.- Conforme la base 21 de la bases reguladoras que rigen la presente concesión, el pago de la subvención se efectuará de la siguiente forma:

• El 25 por ciento, previo al inicio de la actividad formativa.

• El 35 por ciento, cuando se acredite el inicio de la actividad formativa.

• El 40 por ciento, cuando se materialice el último ingreso de los fondos AFEDAP por parte de la AGE.

Advirtiendo, en su apartado 3, que no podrá realizarse el pago en tanto el promotor no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o sea deudor por resolución de procedencia de reintegro, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre

Cuarto.- De acuerdo con lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 28.2.f) del Decreto 130/2014, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del Instituto Canario de Administración Pública, así como lo establecido en la base 19 de las bases reguladoras,

RESUELVO:

Primero.- Conceder una subvención a las siguientes entidades locales y por los importes señalados:

Ver anexo en la página 37725 del documento Descargar

Segundo.- Dar por desistido de su solicitud al Cabildo Insular de Fuerteventura y al Ayuntamiento de Gáldar al no aceptar la subvención provisionalmente concedida.

Tercero.- El pago de la subvención se realizará de conformidad con lo establecido en la base 21 de las bases reguladoras.

Cuarto.- Notificar la presente Resolución de concesión a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante la Dirección del Instituto Canario de la Administración Pública, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en que tenga su sede el órgano autor del acto originario o el del lugar del domicilio del recurrente, a elección de este último, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Canarias, a 31 de octubre de 2024.- La Directora, María del Pino de León Hernández.

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