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BOC-A-2024-204-3295.
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Las enseñanzas universitarias oficiales se estructuran en tres ciclos: Grado, Máster Universitario y Doctorado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
Las enseñanzas oficiales de Grado tienen como objetivo fundamental la formación básica y generalista del y de la estudiante en las diversas disciplinas del saber científico, tecnológico, humanístico y artístico, a través de la transmisión ordenada de conocimientos, competencias y habilidades que son propias de la disciplina respectiva -o de las disciplinas implicadas-, y que los prepara para el desarrollo de actividades de carácter profesional y garantiza su formación integral como ciudadanos y ciudadanas.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, desarrolla la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales, regulando los estudios universitarios de acuerdo con las líneas generales emanadas del Espacio Europeo de Educación Superior y de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 24 de la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, la implantación y supresión de enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional serán acordadas por decreto del Gobierno de Canarias.
Por Decreto 153/2018, de 29 de octubre, se acuerda la implantación de enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Protocolo y Organización de Eventos por la Universidad del Atlántico Medio (BOC n.º 218, de 12.11.2018).
El Grado en Protocolo y Organización de Eventos fue verificado el 22 de marzo de 2017, y en virtud del acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de diciembre de 2018, se establece su carácter oficial y su inscripción en el RUCT con código 2503502 (BOE n.º 38, de 13.2.2019).
La Junta de Gobierno de la Universidad del Atlántico Medio, con fecha 9 de noviembre de 2023, aprueba la extinción de las mencionadas enseñanzas, conforme a lo dispuesto en el artículo 26.d) del -entonces vigente- Decreto 74/2021, de 8 de julio, por el que se aprueban las Normas de Organización y Funcionamiento de la Universidad del Atlántico Medio.
D. Marcos Antonio Cabrera Ortiz, en calidad de miembro del Consejo de Administración de la Universidad del Atlántico Medio, con CIF B09967399, y que actúa en nombre y representación de esta, solicita, con fecha 1 de febrero de 2024, la supresión de las citadas enseñanzas universitarias.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.c) de la citada Ley 11/2003, de 4 de abril, el Consejo Universitario de Canarias informa favorablemente por unanimidad, en sesión celebrada el 27 de junio de 2024, la supresión del mencionado título oficial de Grado en Protocolo y Organización de Eventos por la Universidad del Atlántico Medio.
En su virtud, previo informe del Consejo Universitario de Canarias, y de conformidad con las competencias que la Comunidad Autónoma de Canarias tiene atribuidas en materia de enseñanza por su Estatuto de Autonomía, por la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, y la que se asigna al Gobierno de Canarias por la Ley 11/2003, de 4 de abril, sobre Consejos Sociales y Coordinación del Sistema Universitario de Canarias, a propuesta de la Consejera de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 7 de octubre de 2024,
DISPONGO:
Primero.- Acordar la supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención del título oficial de Grado en Protocolo y Organización de Eventos por la Universidad del Atlántico Medio (RUCT 2503502).
Segundo.- La Universidad estará obligada a garantizar el desarrollo efectivo de las enseñanzas durante un periodo mínimo que permita finalizar sus estudios al alumnado que, con un aprovechamiento académico normal, los hubieran iniciado en ella. Durante el periodo establecido en el calendario de extinción no se permitirá, en ningún caso, la matriculación de nuevos estudiantes en ninguna asignatura del citado título oficial.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, significando que, en el caso de presentarse recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Dado en Canarias, a 7 de octubre de 2024.
EL PRESIDENTE
DEL GOBIERNO,
Fernando Clavijo Batlle.
LA CONSEJERA DE UNIVERSIDADES,
CIENCIA E INNOVACIÓN Y CULTURA,
Migdalia María Machín Tavío.
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