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BOC Nº 188. Martes 24 de septiembre de 2024 - 3032

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III. Otras Resoluciones - Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias

3032 ORDEN de 14 de agosto de 2024, por la que se actualiza el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad 2023-2025, para el ejercicio 2024.

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Vista la propuesta elevada por la Directora del Instituto Canario de Igualdad relativa a la actualización del Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto 2023-2025, para el ejercicio 2024, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden n.º 515, de la entonces Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, de 27 de abril de 2023, se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad 2023-2025 (BOC n.º 91, de 11.5.2023) (en adelante PES-ICI), que fue actualizado y, en su caso, modificado puntualmente por las Órdenes departamentales n.º 1161, de 27 de septiembre de 2023 (BOC n.º 200, de 10.10.2023), y n.º 1153, de 28 de diciembre de 2023 (BOC n.º 12, de 17.1.2024).

Segundo.- El vigente PES-ICI contiene una línea de subvenciones denominada “Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias” (Línea n.º 3/OE-1), con un plazo de ejecución 2023-2025, cuyo coste previsto para la anualidad 2023 se eleva a 502.000,00 euros, a financiar con fondos procedentes de la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 (AGE), con cargo a la asignación tributaria del IRPF en el ámbito de la Comunidad Autónoma.

Tercero.- El presupuesto de gastos del Instituto Canario de Igualdad, en los términos en que resultó aprobado por la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024, contiene, en su capítulo 4, entre otras, las siguientes aplicaciones presupuestarias dotadas con las cuantías que se indican:

a) 4801.232B.480020 L.A. 48400004 “Fomento del movimiento asociativo de mujeres” y 4801.232B.4800200 L.A. 484G0182 “Promoción de la participación social de las mujeres”, dotadas, cada una de ellas, con 100.000,00 euros.

b) 4801.232B.4460200 L.A. 23483002 “Investigación y promoción de la mujer por las universidades”, dotada con 20.000,00 euros.

Con cargo a las aplicaciones presupuestarias citadas en el apartado a) anterior, se financia la línea de subvenciones del PES-ICI denominada “Subvenciones destinadas al fomento del asociacionismo y promoción de la participación social de las mujeres en Canarias”, y con la señalada en el apartado b) se financia la línea de subvenciones destinada al “Fomento de la formación e investigación universitaria con perspectiva de género”, procediendo, en ambos supuestos, actualizar el documento programático de las subvenciones al objeto de ajustarlo a las cuantías consignadas presupuestariamente.

Cuarto.- Por otra parte, mediante Orden n.º 1121, de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, de 20 de septiembre de 2023, se aprobaron las bases reguladoras que rigen la concesión de las subvenciones destinadas a la realización de proyectos de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, y se efectúa convocatoria para 2023 (BOC n.º 200, de 10.10.2023).

Previamente, por Resolución n.º 72, de 10 de marzo de 2023, de la Directora del Instituto Canario de Igualdad (en adelante ICI), se delegó en la persona titular de la Consejería -entonces denominada de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud- la competencia para convocar y conceder las subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general, para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023, en el ámbito de la igualdad, y para la aprobación del gasto destinado a la misma (BOC n.º 56, de 21.3.2023).

Quinto.- En la citada Orden departamental de aprobación de bases reguladoras y de convocatoria de las subvenciones se aprobó la tramitación anticipada del gasto que conlleva las subvenciones por un importe total de 8.886.669,00 euros, en el que se incluye el importe de 502.000,00 euros, destinado a la Línea 11: Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género, a hacer efectivo con cargo a la aplicación presupuestaria 2023.4801.232B.4800200.4148013/LA 484G1156 “Subvenciones programas de interés social 0,7 IRPF”, habiéndose incorporado la siguiente previsión en el resuelvo tercero de la Orden: “No obstante, este crédito podrá ser incrementado cuando se materialice la distribución estatal del tramo autonómico de las subvenciones a entidades de interés general con cargo al 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para el año 2023”.

Sexto.- Por Resolución de 7 de noviembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales (BOE n.º 278, de 21.11.2023), se publicó el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre la concesión de subvenciones a los programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades para el año 2023, correspondiéndole a la Comunidad Autónoma de Canarias el importe de 15.557.106,97 euros, en el reparto acordado.

Séptimo.- Mediante Orden departamental n.º 155, de 14 de febrero de 2024, se dispuso la distribución del crédito definitivo asignado a la convocatoria 2023 de concesión de subvenciones, destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, con cargo a la asignación tributaria de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobada mediante Orden departamental n.º 1121, de 20 de septiembre de 2023, resultando asignado a la línea de subvención 11: Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género, un crédito por importe de 802.205,92 euros, produciéndose un incremento, respecto del importe asignado inicialmente, en la cuantía de 300.205,92 euros.

Octavo.- Por Orden n.º 620, de 19 de junio de 2024, de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, se concedió la siguiente aportación dineraria al Instituto Canario de Igualdad para completar la aportación dineraria concedida a este organismo mediante Orden departamental n.º 221, de 1 de marzo de 2023, para subvencionar las acciones, en el área de igualdad, de la convocatoria relativa a actividades de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para el año 2023:

Ver anexo en la página 29905 del documento Descargar

Noveno.- Por otro lado, el vigente PES-ICI contiene una línea de subvenciones denominada “Subvenciones destinadas a apoyar actuaciones que faciliten la ejecución de medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género” (Línea n.º 3/OE-2), a financiar con fondos procedentes de la Administración General del Estado, con cargo al Pacto de Estado contra la Violencia de Género.

Décimo.- Por Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género, se publicó el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Igualdad, de 3 de marzo de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución y la distribución resultante para el ejercicio 2023 de los créditos presupuestarios destinados al desarrollo por las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, correspondiéndole a la Comunidad Autónoma de Canarias 7.673.300,05 euros (capítulo 4) y 589.338,02 euros (capítulo 7).

Dichos créditos fueron transferidos a la Comunidad Autónoma de Canarias mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Igualdad y contra la Violencia de Género de 11 de mayo de 2023, en la que se dispone “Formalizar la distribución de créditos correspondientes a la Comunidad Autónoma de Canarias, por un importe total de 8.262.638,07 euros, correspondiendo 7.673.300,05 euros ... a la aplicación presupuestaria 30.02.232C y 589.338,02 euros ... a la aplicación presupuestaria 30.02.232C.750”.

Decimoprimero.- Por Orden n.º 566, de 5 de junio de 2024, de la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, por la que se acuerda la distribución, por importe de seis millones novecientos noventa y seis mil cuatrocientos cuarenta euros con catorce céntimos (6.996.440,14 euros) de los fondos destinados a la ejecución durante el ejercicio 2024 de medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género entre los centros directivos y organismos responsables de la ejecución de dichas medidas en Canarias, de los créditos no comprometidos correspondientes a 2023, se autorizaron para los siguientes proyectos, entre otros, por los importes que se indican:

Ver anexo en la página 29905 del documento Descargar

Decimosegundo.- Por las razones expuestas en el correlativo inmediatamente anterior, se debe actualizar, por la cuantía resultante de la suma de ambos importes (20.769,49 euros), el coste previsto de ejecución de la citada línea de subvenciones, correspondiente a las anualidades 2023-2024 (plazo de consecución), a financiar con cargo a la aplicación presupuestaria 2024.4801.232B.480.02.00 L.A. 484G0645 Ejecución de medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género (Fondo 4148017).

Decimotercero.- El 8 de agosto de 2024 (n.º reg. entrada ICI-1792), la Dirección General de Planificación y Presupuesto emitió informe favorable sobre el borrador de actualización del Plan, al adecuarse este a la financiación disponible en el estado de gastos del Presupuesto de 2024 del aplicativo contable informático Seflogic a la fecha de la solicitud del informe preceptivo, dentro de las vinculaciones de los créditos establecidas en los artículos 7 y 9 de la Ley 7/2023, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2024.

A los que son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Resulta competente para dictar esta Orden la Consejera de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, departamento al que está adscrito el ICI, en su condición de organismo autónomo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con lo dispuesto en el artículo 6.2 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante Decreto 36/2009), que le atribuye la competencia en materia de aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones.

Segundo.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (en adelante Decreto 36/2009), “Los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio”.

Tercero.- La actualización del Plan Estratégico de Subvenciones del ICI 2023-2025 se efectúa al amparo de lo dispuesto en el artículo 8.1 del citado Decreto 36/2009, en el que se establece que, “Anualmente se realizará la actualización de los planes de acuerdo con la información relevante disponible”.

Por cuanto antecede, en ejercicio de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta de la Directora del Instituto Canario de Igualdad,

RESUELVO:

Primero.- Actualizar el coste de ejecución de las siguientes líneas de subvenciones del vigente Plan Estratégico Subvenciones del ICI 2023-2025, aprobado por la Orden n.º 515, de la entonces Consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud de 27 de abril de 2023 (BOC n.º 91, de 11.5.2023), y las actualizaciones y, en su caso, modificación puntual, acordadas por las Órdenes departamentales n.º 1161, de 27 de septiembre de 2023 (BOC n.º 200, de 10.10.2023), y n.º 1153, de 28 de diciembre de 2023 (BOC n.º 12, de 17.1.2024), respectivamente, que queda fijado en las cuantías establecidas para cada una de las líneas:

1.º) “Subvenciones destinadas al fomento del asociacionismo y promoción de la participación social de las mujeres en Canarias” (Línea 1/OE-1), cuyo coste de ejecución para el ejercicio 2024 queda establecido en doscientos mil (200.000,00) euros, a abonar con cargo a las aplicaciones presupuestarias 2024.4801.232B.4800200 L.A. 48400004 “Fomento del asociacionismo de mujeres” (100.000,00 euros) y 4801.232B.4800200 L.A. 484G0182 “Promoción de la participación social de las mujeres” (100.000,00 euros).

2.º) “Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general, con cargo a la asignación tributaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias” (Línea n.º 3/OE-1), cuyo coste de ejecución para el ejercicio 2023 queda establecido en ochocientos dos mil doscientos cinco euros con noventa y dos céntimos (802.205,92 euros), a abonar con cargo a la aplicación presupuestaria 2024.2023.4801.232B.4800200.4148013/LA 484G1156 “Subvenciones programas de interés social 0,7 IRPF”.

3.º) “Fomento de la formación e investigación universitaria con perspectiva de género” (Línea n.º 4/OE-1), cuyo coste de ejecución para la anualidad 2024 queda establecido en veinte mil (20.000,00) euros, a abonar con cargo a la aplicación presupuestaria 2024.4801.232B.4460200 L.A. 23483002 “Investigación y promoción de la mujer por las universidades”.

4.º) “Subvenciones destinadas a apoyar actuaciones que faciliten la ejecución de medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género” (Línea n.º 3/OE-2), cuyo coste de ejecución para las anualidades 2023-2024 (plazo de consecución) queda establecido en veinte mil setecientos sesenta y nueve euros con cuarenta y nueve céntimos (20.769,49 euros) y se hará efectivo con cargo al crédito consignado en la aplicación presupuestaria 2024.4801.232B.480.02.00 L.A. 484G0645 “Ejecución de medidas del Pacto de Estado contra la Violencia de Género” (Fondo 4148017).

Segundo.- Mantener el resto de las previsiones contenidas en el vigente Plan Estratégico de Subvenciones del Instituto Canario de Igualdad 2023-2025, en lo que no resulte modificado por esta Orden departamental.

Tercero.- Publicar esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 31.1.a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de agosto de 2024.

LA CONSEJERA DE BIENESTAR SOCIAL,
IGUALDAD, JUVENTUD, INFANCIA Y FAMILIAS,
María Candelaria Delgado Toledo.

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