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BOC Nº 167. Lunes 26 de agosto de 2024 - 2724

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III. Otras Resoluciones - Presidencia del Gobierno

2724 Secretaría General.- Resolución de 1 de agosto de 2024, por la que se ordena la publicación del Convenio regulador de prácticas formativas no laborales en el extranjero, entre la Fundación Canaria Insular para la Formación, el Empleo y Desarrollo Empresarial (FIFEDE) y la Fundación Canaria para la Acción Exterior (FUCAEX).

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BOC-A-2024-167-2724. Firma electrónica - Descargar

Con fecha 15 de julio de 2024, se suscribió, entre la Fundación Canaria Insular para la Formación, el Empleo y Desarrollo Empresarial (FIFEDE) y la Fundación Canaria para la Acción Exterior (FUCAEX), un convenio regulador de prácticas formativas no laborables en el extranjero.

Visto el artículo 20.1 del Decreto 11/2019, de 11 de febrero, por el que se regula la actividad convencional y se crean y regulan el Registro General Electrónico de Convenios del Sector Público de la Comunidad Autónoma y el Registro Electrónico de Órganos de Cooperación de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias,

RESUELVO:

Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el Convenio regulador de prácticas formativas no laborales en el extranjero, entre la Fundación Canaria Insular para la Formación, el Empleo y Desarrollo Empresarial (FIFEDE) y la Fundación Canaria para la Acción Exterior (FUCAEX).

Canarias, a 1 de agosto de 2024.- El Secretario General, Ceferino José Marrero Fariña.

ANEXO

CONVENIO REGULADOR DE PRÁCTICAS FORMATIVAS NO LABORALES EN EL EXTRANJERO.

En Santa Cruz de Tenerife, a 17 de julio de 2024.

REUNIDOS

De una parte, D. Efraín Medina Hernández, en calidad de Presidente de la Fundación Canaria Insular para la Formación, el Empleo y Desarrollo Empresarial (FIFEDE), en nombre y representación de esta entidad.

De otra parte, D. José Luis Perestelo Rodríguez, en calidad de Presidente de la Fundación Canaria para la Acción Exterior (FUCAEX), con CIF G38966834, en nombre y representación de la misma, autorizado por el Patronato de FUCAEX para la firma de este convenio en sesión celebrada el 3 de julio de 2024.

Y, de otra parte, D. Enrique Robayna Benítez (en adelante el/la titulado/a), con DNI ***5531**, con titulación en Relaciones Internacionales y Periodismo, y en su condición de persona beneficiaria en virtud de la Resolución por la que se resuelve definitivamente el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la realización de prácticas formativas no laborales en el extranjero.

EXPONEN

Primero.- Que la Fundación Canaria Insular para la Formación, el Empleo y Desarrollo Empresarial (FIFEDE), constituida en enero de 1998, perteneciente al Cabildo Insular de Tenerife, tiene por objeto el conjunto de operaciones o actuaciones que, en materia de formación profesional, empleo y desarrollo empresarial, se precisan para alcanzar sus fines, entre los que destacan:

- La cualificación del capital humano.

- La formación y el desarrollo técnico-social en el ámbito de la población.

- Contribuir a generar crecimiento, competitividad y empleo.

- Fomentar la Formación Profesional tanto al personal activo como desempleado.

- La inserción laboral.

- Fomentar el desarrollo empresarial tanto en la consolidación como en la creación de empresas.

- La ejecución de cursos, proyectos o acciones relacionadas con la formación, el fomento del empleo o la inserción laboral de trabajadores/as y desempleados/as, así como el fomento de la emprendeduría y de la economía social.

- Activar la formación de personas en situación de desprotección, de personas con discapacidad u otros colectivos en riesgo de exclusión social.

- Organizar seminarios, cursos, congresos u otras actividades.

- Servir de confluencia entre la enseñanza universitaria y no universitaria.

- La realización de estudios que permitan conocer la realidad social y económica de la isla.

Segundo.- Que FIFEDE promueve el programa de prácticas formativas no laborales en el extranjero, con el cual se pretende favorecer la internacionalización de la economía de Tenerife mediante la especialización de titulados y tituladas en situación de desempleo, residentes en la isla, a través de la puesta en marcha de un programa de prácticas formativas no laborales en entidades públicas y privadas de estos países. La posibilidad de contar con personas formadas mediante prácticas en entidades que estén operando en mercados extranjeros supone una serie de beneficios, en la medida en que la formación de profesionales con especialización puede contribuir a la internacionalización de las empresas de Tenerife que hagan uso de los conocimientos y competencias adquiridos.

Tercero.- Que la Fundación Canaria para la Acción Exterior, de acuerdo con sus Estatutos, se constituye con el fin general de proceder al fomento y apoyo de actividades, acciones y programas destinados a reforzar la presencia de la Comunidad Autónoma de Canarias en el exterior y a la promoción de sus intereses en el territorio nacional y en el resto del mundo. En particular, FUCAEX llevará a cabo entre sus actividades establecer sucursales fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias como soporte material para la consecución de sus objetivos, coordinadamente con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. Anualmente, el Patronato de la fundación apruebe el presupuesto de sus sucursales, entre las que se encuentra la de Cabo Verde.

FUCAEX ha manifestado su compromiso de participar en el presente programa de movilidad, por medio de su sucursal en Cabo Verde, con el fin de colaborar a través de sus recursos en la consecución de los objetivos del mismo.

Cuarto.- Que el Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Tenerife, en sesión celebrada el día 5 de julio de 2022, acordó aprobar las bases que han de regir la concesión de ayudas para la realización de prácticas formativas no laborales publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (código 678245) y en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife n.º 84, del miércoles 13 de julio de 2022, así como autorizar a FIFEDE para su concesión.

Quinto.- Que publicada la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (código 742012) y en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife n.º 17, del miércoles 7 de febrero de 2024, y realizado el procedimiento de selección, mediante Resolución de la Presidencia de FIFEDE, se resolvió definitivamente el mismo, aprobándose la relación de las personas beneficiarias de las ayudas y la configuración de una lista de reserva, según orden de puntuación por perfil profesional.

Sexto.- Que las prácticas formativas que son objeto de este proyecto contribuirán a aumentar las competencias y aptitudes personales y profesionales de tituladas y titulados, complementar su formación académica, mejorar la práctica de otro idioma y aumentar su competitividad y capacitación para el acceso al mercado laboral, y en última instancia, promover la política de creación de empleo y dar respuesta a las demandas derivadas de la actual situación socioeconómica, tales como la promoción de la internacionalización de las empresas de la isla, que podrán disponer de un grupo de jóvenes profesionales con titulación universitaria con experiencia internacional.

Las partes al inicio indicadas declaran respectivamente, en la condición en que intervienen y vienen en reconocerse plena capacidad jurídica para suscribir el presente Convenio, y a tal objeto

ACUERDAN

Suscribir el presente Convenio para el desarrollo de prácticas formativas no laborales en el extranjero, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primero.- Del objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones del desarrollo de la práctica formativa del titulado D. Enrique Robayna Benítez en la sede de la Sucursal de la Fundación Canaria para la Acción Exterior en Cabo Verde, con domicilio en Avenida Andrade Corvo, 6-Plateau, Praia, donde llevará a efecto prácticas formativas no laborales como complemento a su formación universitaria/profesional.

Segundo.- Del desarrollo de prácticas formativas no laborales.

El programa formativo bajo el que se desarrollarán las prácticas formativas no laborales en la Fundación Canaria para la Acción Exterior, se resume en la tabla siguiente:

Ver anexo en la página 27530 del documento Descargar

En ningún caso existirá o se entenderá la existencia de relación laboral entre FIFEDE y el/la Titulado/a, no asumiendo, en este sentido, compromiso alguno, y tampoco computará, en el caso de una futura relación laboral, a efectos de antigüedad, ni eximirá del periodo de prueba. No se devengará derecho a ningún tipo de retribución, ni en dinero ni en especie.

Igualmente, no existirá relación laboral entre el/la Titulado/a en prácticas formativas no laborales y FUCAEX.

La práctica formativa se crea con el fin de beneficiar directamente a la persona titulada, para que perfeccione sus conocimientos, permitiendo así ampliar el campo de sus conocimientos. La finalidad perseguida es la de facilitar el estudio y la formación de aquella.

Las labores encomendadas a la titulada o titulado, deben estar en consonancia con la finalidad de la ayuda y, en ningún caso, las tareas de práctica formativa que lleve a efecto siguiendo las instrucciones correspondientes, pueden integrar funciones y cometidos propios de una categoría profesional.

Tercera.- Compromisos de la persona titulada.

Son compromisos, los siguientes:

- Cumplir con el programa de prácticas formativas no laborales objeto del presente Convenio y que figura como anexo al mismo.

- Cumplir las condiciones y obligaciones establecidas en las bases de la convocatoria, que forman parte integrante del presente Convenio.

- Desempeñar las actividades, en orden a adquirir conocimientos prácticos que complementen
su formación que les sean encomendadas, debiendo guardar el adecuado comportamiento y cumplir las instrucciones que a tal efecto le sean impartidas, poniendo en práctica las competencias de su titulación profesional bajo la dirección formativa que se le asigne y manteniendo un trato respetuoso y profesional con el resto del equipo, actuando con honestidad e integridad, respetando el derecho a mantener un ambiente libre de discriminación o acoso de cualquier clase y desempeñando su actividad de forma ecológicamente sostenible, protegiendo la buena imagen, intereses, instalaciones y bienes en general de FIFEDE y FUCAEX.

- Realizar las actividades formativas previstas, cumpliendo el programa y el horario establecido. No se podrá ausentar de sus actividades de manera injustificada en más del 10% del periodo. Previa conformidad entre FIFEDE y FUCAEX, durante el periodo de prácticas, el titulado o titulada podrá beneficiarse de un permiso de un máximo de 7 días, que no computará como ausencia injustificada ni ampliará el periodo de formación.

- Cumplimentar un informe intermedio y final descriptivo de la práctica realizada, según modelo que le será facilitado por FIFEDE.

- Cuidar y mantener en buen estado de uso y conservación los bienes pertenecientes a FIFEDE y FUCAEX o que sean confiados a su cuidado y que deban utilizar en el desempeño de sus tareas.

- Guardar estricta confidencialidad, discreción y cuidado respecto a los documentos e información que le sean entregados o a los que tenga acceso, así como mantenerla protegida del acceso de terceros, con el fin de no permitir su conocimiento o manejo por parte de personas no autorizadas, tanto durante el periodo de prácticas como una vez finalizadas las mismas. A tal efecto, habrá de firmar el correspondiente compromiso de confidencial conforme al modelo que se adjunta.

- Comunicar a FIFEDE en un plazo máximo de tres días hábiles cualquier situación de discriminación, peligro o perjuicio que se le pudiera causar al titulado/a por el desarrollo normal de sus funciones en la empresa.

- Comunicar a FIFEDE en un plazo máximo de tres días hábiles la percepción de cualquier compensación económica derivada del ejercicio de una actividad profesional por cuenta propia o ajena, recibir prestaciones por desempleo y/o cualquier retribución/subvención derivada de la concesión de otra beca.

- Atenerse al régimen interno de funcionamiento de FUCAEX especialmente en lo relativo a las condiciones en que desempeñen su actividad y a las normas de prevención de riesgos laborales, que le puedan afectar durante sus prácticas no laborales.

- Asumir las obligaciones que les correspondan por razón de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, conforme Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.

- Comunicar al tutor de FIFEDE y a FUCAEX en un plazo máximo de veinticuatro horas cualquier accidente o enfermedad, e informar tan pronto sea posible a la compañía aseguradora de esta eventualidad.

- Cumplir en todo momento la legislación de extranjería vigente del país de destino respecto de los permisos/visados necesarios para su estancia.

- Si los Titulados/as alquilan o conducen un vehículo de un tercero, el/la Titulado/a declarará el uso al tomador del seguro y será responsables de poseer la licencia que lo/la habilite para su conducción.

Cuarta.- Compromisos de FUCAEX.

Son obligaciones de FUCAEX las siguientes:

- FUCAEX, junto con FIFEDE, elaborará el programa formativo, especificando funciones y actividades a desarrollar por el titulado o titulada, que quedarán recogidas en el convenio singular de cada ayuda a suscribir por las partes implicadas.

- Aportar los medios humanos y profesionales necesarios para el desarrollo del programa formativo.

- Atender las cuestiones de carácter formativo que plantee la persona beneficiaria de la ayuda, para lo que se designa como tutor de la misma al representante legal de FUCAEX en Cabo Verde, D. Jorge Cólogan González Massieu.

- Comunicar al/la Titulado/a las normas específicas de régimen interno y, en cualquier caso, las normas sobre prevención de riesgos laborales que tenga establecidas la entidad con carácter general y le puedan afectar en el desarrollo de sus prácticas formativas no laborales y aquellas otras que, con carácter particular, se hayan establecido para las personas que realizan este tipo de prácticas.

- Informar a la titulada o titulado sobre los riesgos que pueda comportar la actividad a desempeñar, así como sobre los protocolos de seguridad que tenga establecidos y velar por su seguridad y bienestar.

- Incluir los logotipos del Cabildo Insular de Tenerife y FIFEDE en la difusión que se haga de la estancia formativa y los que se requieran por otras entidades que financien el programa.

- No cubrir ningún puesto de trabajo mediante la incorporación de un/a Titulado/a, ni asignarles a estos tareas que no estén directamente relacionadas con la formación objeto de la ayuda concedida, no pudiendo por tanto encomendarles actividad laboral ordinaria.

- El número de Titulados/as nunca podrá ser superior al 20% de los trabajadores y trabajadoras en plantilla.

- Emitir un informe final, con el visto bueno del Presidente del Patronato, sobre el grado de aprovechamiento del periodo formativo por parte del/la Titulado/a.

Quinta.- Compromisos de FIFEDE.

Son obligaciones de FIFEDE las siguientes:

- Recibir a la persona titulada y que desarrolle la práctica programada, en orden a completar su formación académica/profesional.

- Designar a Dña. Gabriela de Armas Bencomo como responsable del programa o tutor/a que realizará el seguimiento de la persona titulada durante su periodo de permanencia en FUCAEX. Dicho/a tutor/a deberá emitir, a la finalización del periodo de la beca, un informe final sobre el aprovechamiento de aquella, que servirá de base a la certificación del aprovechamiento de la actividad.

- Informar al titulado o titulada del procedimiento a seguir en caso de incapacidad temporal durante el periodo de la práctica.

- Informar al tutor designado por FUCAEX de las eventuales bajas médicas por enfermedad o accidente de la persona beneficiaria de la ayuda durante el periodo de formación.

- Tramitar las pertinentes altas y bajas, y abonar a la Tesorería General de la Seguridad Social las cuotas establecidas por el Real Decreto 1493/2011 por el que se regula a inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación.

- Abonar mensualmente el importe de la ayuda, practicando e ingresando las retenciones que, en su caso, procedan.

- Abonar los gastos de desplazamiento y alojamiento, así como asegurar a la persona titulada con los correspondientes seguros de asistencia sanitaria, accidente y responsabilidad civil.

- Facilitar la gestión de los visados y permisos necesarios y apoyar en los trámites, vida práctica, profesional y cultural de los países de destino.

- Prestar información, formación y asesoramiento antes y durante el periodo de duración de la estancia formativa.

- Emitir a la finalización del periodo de la práctica formativa y tras la recepción del informe del tutor o tutora, un Certificado Acreditativo con mención expresa del aprovechamiento de su periodo formativo dentro de la empresa.

Sexta.- De la vigencia del Convenio.

El presente Convenio se considerará extinguido una vez finalice el periodo formativo, el/la titulado/a cause baja anticipada, incumplimiento o defectuoso cumplimiento de cualquiera de las cláusulas del mismo o de las bases de la convocatoria, o por causa de fuerza mayor, momento en que las partes habrán de haber dado cumplimiento a los compromisos adquiridos en el mismo.

Séptima.- Jurisdicción.

Para cualquier divergencia o litigio que pueda surgir o derivarse de este Convenio, las partes se someten voluntariamente a la jurisdicción de los Jueces y Tribunales de Santa Cruz de Tenerife, conforme al Reglamento 1215/2012 (BRUSELAS I BIS).

Octava.- Régimen jurídico.

La ley aplicable al presente Convenio es la española, de conformidad con el Reglamento 593/2008 (ROMA I), rigiendo por tanto en su interpretación, cumplimiento, incumplimiento y demás cuestiones que del mismo se deriven.

Novena.- Protección de datos de carácter personal.

Ver anexo en la página 27534 del documento Descargar

Y para que así conste a los oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, y a un solo efecto, en el lugar y fecha ut supra.- Por el/la titulado/a, Enrique Robaina Benítez.- Por la Fundación, Efraín Medina Hernández.- Por la Fundación Canaria para la Acción Exterior, José Luis Perestelo Rodríguez.

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