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BOC Nº 166. Viernes 23 de agosto de 2024 - 2707

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III. Otras Resoluciones - Consejerías de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea

2707 ORDEN conjunta de 8 de agosto de 2024, por la que se aprueba la modificación de la estructura organizativa de la Unidad Administrativa de carácter Provisional de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias, constituida en virtud de la Orden de 13 de diciembre de 2021, conjunta de ambos Departamentos, de conformidad con lo previsto en la modificación del Instrumento de Planificación Estratégica de dicha Consejería, aprobada el 1 de julio de 2024 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU».

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BOC-A-2024-166-2707. Firma electrónica - Descargar

El Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, de medidas urgentes para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los Fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias y por el que se establecen medidas tributarias en el Impuesto General Indirecto Canario para la lucha contra la COVID-19, ha establecido disposiciones generales en relación con las actuaciones financiables con los fondos europeos provenientes del Instrumento Europeo de Recuperación (Next Generation), en particular, de los dos instrumentos de mayor volumen de este: el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU).

El citado Decreto Ley, no obstante, queda derogado en virtud de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. Esta Ley, en vigor desde el 5 de agosto de 2021, mantiene la vigencia de las disposiciones finales segunda a sexta, ambas inclusive, del mencionado Decreto ley.

El Mecanismo de Recuperación y Resiliencia es el elemento central de Next Generation EU, y está dotado con 672.500 millones de euros de los que 360.000 millones se destinarán a préstamos y 312.500 millones se constituirán como transferencias no reembolsables. Tiene por objetivo mitigar el impacto económico y social de la pandemia de coronavirus y hacer que las economías y sociedades europeas sean más sostenibles y resilientes y estén mejor preparadas para los retos y las oportunidades de las transiciones ecológica y digital.

REACT-EU es una nueva iniciativa, dotada de 47.500 millones de euros, que continúa y amplía las medidas de respuesta y reparación de crisis que se han aplicado mediante la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus y la Iniciativa de Inversión en Respuesta al Coronavirus Plus. En concreto, tiene por objeto contribuir a una recuperación ecológica, digital y resiliente de la economía, y sus fondos se pondrán a disposición del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), del Fondo Social Europeo (FSE) y del Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas (FEAD).

Para garantizar la adecuada gestión y ejecución de los proyectos que se financien con cargo a fondos europeos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que el Consejo de Ministros aprobó el 27 de abril de 2021, la Ley 4/2021, de 2 de agosto (como anteriormente hacía el Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo), en su artículo 13, posibilita la creación de unidades administrativas de carácter provisional (UAP).

El apartado 1, párrafo primero, del artículo 9 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, como ya hiciera el mismo artículo del Decreto ley 4/2021, de 31 de marzo, preceptúa que los departamentos y sus organismos dependientes o, en su caso, los centros directivos encargados de la gestión de los proyectos financiados con fondos «Next Generation EU», elaborarán un instrumento de planificación estratégica (IPE) para la gestión de los mismos en el plazo de dos meses a contar desde su entrada en vigor. Dicho IPE quedará vinculado a la aprobación de aquellos fondos.

De acuerdo con el apartado 2, párrafo segundo, del citado artículo 9, en lo que se refiere a la organización administrativa y las estructuras de personal, el IPE requiere el informe favorable previo de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública. Dichos informes, por lo que al Instrumento de Planificación Estratégica de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud. se refiere, fueron emitidos con fechas 29 de julio, y 14 y 27 de septiembre de 2021, la primera de las Direcciones Generales citadas, y en fechas 3 y 13 de septiembre, por la Dirección General de la Función Pública.

En sesión celebrada el 8 de octubre de 2021, la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 3.3.b) de la Ley 4/2021, previa su negociación en Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria, aprobó el Instrumento de Planificación Estratégico (IPE) de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud.

El artículo 13.2 de la tantas veces citada Ley 4/2021 prevé que, una vez aprobado el Instrumento de Planificación Estratégica, a propuesta conjunta de las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa iniciativa de la persona titular de la Secretaría General Técnica correspondiente, mediante Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos se aprobará la constitución de las correspondientes Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAPs), en la que deberán quedar definidos (artículo 14 de la Ley) los puestos de trabajo y perfiles profesionales de dichas Unidades, en unos casos mediante la creación de puestos coyunturales que resulten necesarios, y en otros mediante modificación de puestos de trabajo cuyas funciones queden vinculadas directamente a las funciones encomendadas a dichas Unidades.

Conforme a las previsiones del citado precepto, mediante escrito de fecha 18 de noviembre de 2021, la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud formula iniciativa en orden a la constitución de la Unidades Administrativas de carácter Provisional previstas en el Instrumento de Planificación Estratégica de dicho Departamento aprobado el 8 de octubre de 2021, así como a la dotación de medios personales a las mismas, que previos los trámites pertinentes, se produce en virtud de Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos de 13 de diciembre de 2021, publicada en el BOC n.º 256, de 17 de diciembre de 2021.

Tras una serie de actuaciones previas, en fecha 13 de abril de 2022, por la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud se inicia procedimiento en orden a la modificación del IPE del Departamento aprobado el 8 de octubre de 2021, formulándose una versión final de la propuesta de modificación del citado Instrumento el 8 de julio de 2022. Conforme a lo previsto en el artículo 9.2 de la Ley 4/2021, el informe favorable previo de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública en relación con la modificación propuesta fueron emitidos con fechas 6 de abril y 8 de julio de 2022, respectivamente. Esta modificación del IPE del Departamento de referencia fue aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», previa su negociación en Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario y previo informe de la Comisión de la Función Pública Canaria.

Conforme a las previsiones del artículo 13.2 de la Ley 4/2021, en fecha 4 de agosto de 2022 la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud formula iniciativa en orden a la adecuación de la estructura organizativa de las UAPs constituidas mediante la Orden de 13 de diciembre de 2021, y a la dotación a las mismas de los nuevos puestos coyunturales previstos en la modificación del IPE de dicho Departamento aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza en su sesión de 28 de julio de 2022.

Por otra parte, detectado error material en la Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos de 13 de diciembre de 2021, por la que se aprueba la constitución y estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud previstas en el Instrumento de Planificación Estratégico de dicho Departamento, aprobado el 8 de octubre de 2021 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», publicada en el BOC n.º 256, de 17 de diciembre de 2021, en cuanto al Servicio Presupuestario asignado a los puestos de trabajo de carácter coyuntural incluidos en el Anexo III de la misma, creados para reforzar determinadas unidades administrativas de la Secretaría General Técnica del Departamento de referencia, a los que se asigna Servicio presupuestario 02, en lugar del procedente (Servicio 70 a los puestos de trabajo números 12883510 y 12883810, y Servicio 71 a los puestos números 12883910 y 12883710), se hace precisa la corrección de dicho error.

A propuesta conjunta formulada por las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, y previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, en su sesión de 15 de septiembre de 2022, mediante Orden conjunta de las citadas Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos de fecha 5 de octubre de 2022 (BOC n.º 206, de 18 de octubre), se aprueba la modificación de la estructura organizativa de la Unidad Administrativa de carácter Provisional de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, constituida en virtud de la Orden de 13 de diciembre de 2021, conjunta de ambos Departamentos, de conformidad con lo previsto en la modificación del Instrumento de Planificación Estratégico de dicha Consejería, aprobado el 28 de julio de 2022 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU».

En fecha 14 de mayo de 2024, por la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias se inicia procedimiento en orden a la modificación del IPE del Departamento aprobado el 8 de octubre de 2021, formulándose una versión final de la propuesta de modificación del citado Instrumento el 8 de julio de 2022. Conforme a lo previsto en el artículo 9.2 de la Ley 4/2021, el informe favorable previo de las Direcciones Generales de Planificación y Presupuesto y de la Función Pública en relación con la modificación propuesta fue emitido con fechas 2 de abril y 27 de mayo de 2024, por parte de la primera de ellas, y 12 de junio de 2024, por parte de la Dirección General de la Función Pública. Esta modificación del IPE del Departamento de referencia fue aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU», en su sesión de 1 de julio de 2024.

Finalmente, y de nuevo conforme a las previsiones del artículo 13.2 de la Ley 4/2021, en fecha 2 de julio de 2024, la titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias formula iniciativa en orden a la modificación de las Unidades Administrativas de carácter Provisional constituidas mediante la Orden conjunta de 5 de octubre de 2022, previstas en la modificación del IPE de dicho Departamento aprobada por la Comisión de Planificación y Gobernanza en su sesión de 1 de julio de 2024.

En su virtud, visto el contenido del Instrumento de Planificación Estratégico, tras la modificación aprobada el 1 de julio de 2024 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU»; vista la propuesta conjunta formulada por las Direcciones Generales de la Función Pública y de Planificación y Presupuesto, previa negociación en el marco de la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, en su sesión del día 17 de julio de 2024, y en el ejercicio de la competencia atribuida por el artículo 13 de la Ley 4/2021, de 2 de agosto (BOC n.º 160, de 4.8.2021), para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, las Consejeras de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea

RESUELVEN:

Primero.- Modificar la estructura organizativa de las Unidades Administrativas de carácter Provisional (UAPDs), constituidas en la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias en virtud de la Orden conjunta de las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos de 5 de octubre de 2022 (BOC n.º 206, de 18.10.2022), conforme a lo previsto en el Instrumento de Planificación Estratégico de dicho Departamento, aprobado por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los Fondos «Next Generation EU» en su sesión de 8 de octubre de 2021, en los términos en que ha quedado tras la modificación del mismo aprobada por dicha Comisión el 1 de julio de 2024.

Como consecuencia de ello, y en sustitución de la estructura organizativa inicialmente prevista, se aprueba la modificación de las siguientes Unidades Administrativas de carácter Provisional en la citada Consejería:

Viceconsejería de Bienestar Social.

Unidad Administrativa Provisional: UAP “Dirección de Fondos Next Generation”, que queda estructurada en las siguientes tres Subdirecciones:

• Subdirección de Asuntos Generales y Planificación.

• Subdirección de Contratación y Gestión de Proyectos.

• Subdirección de Información y Control.

Segundo.- La estructura organizativa de las citadas Unidades Administrativas de carácter provisional será la que para cada una de ellas se refleja en el Anexo I a esta Orden.

Tercero.- Modificar la Orden conjunta de las extintas Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos, de 5 de octubre de 2022, por la que se aprueba la modificación de la estructura organizativa de la Unidad Administrativa de carácter Provisional de la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, constituida en virtud de la Orden de 13 de diciembre de 2021, conjunta de ambos Departamentos, de conformidad con lo previsto en la modificación del Instrumento de Planificación Estratégico de dicha Consejería, aprobado el 28 de julio de 2022 por la Comisión de Planificación y Gobernanza de los fondos «Next Generation EU», de forma que el servicio presupuestario con cargo a los que se imputarán los costes de personal de las Unidades Administrativas Provisionales de la UAPD Subdirección de Contratación y Gestión de Proyectos, UAPD Subdirección de Información y Control, UAP Unidad Antifraude y puestos de refuerzo en la Secretaría General Técnica de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias será el servicio 70 “Mecanismo de recuperación (MRR)”, en los términos que a continuación se relacionan:

Anexo II: puestos de carácter coyuntural adscritos a las UAPD Subdirección de Contratación y Gestión de Proyectos de la Viceconsejería de Bienestar Social.

Anexo III: puestos de carácter coyuntural adscritos a las UAPD Subdirección de Información y Control de la Viceconsejería de Bienestar Social.

Anexo IV: puestos de carácter coyuntural adscritos a la UAP Unidad Antifraude de la Secretaría General Técnica.

Anexo V: puestos de carácter coyuntural adscritos a los Servicios de Oficina Técnica y Oficina Presupuestaria de la Secretaría General Técnica.

Cuarto.- A resultas de las modificaciones detalladas en los anexos a que se refieren los apartados precedentes, una vez consolidadas todas ellas, la estructura organizativa de los Centros Directivos (Unidades directamente dependientes de la Viceconsejería de Bienestar Social) de la Consejería de Bienestar Social, Igualdad, Juventud, Infancia y Familias afectados por ellas, queda en los términos que reflejan los siguientes anexos de esta Orden:

Anexo VI: Viceconsejería de Bienestar Social.

Anexo VII: Secretaría General Técnica.

Quinto.- Disponer la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante las Consejerías de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de agosto de 2024.

LA CONSEJERA DE PRESIDENCIA,
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS,
JUSTICIA Y SEGURIDAD,
Nieves Lady Barreto Hernández.

LA CONSEJERA DE HACIENDA Y
RELACIONES CON LA UNIÓN EUROPEA,
Matilde Pastora Asián González.

ANEXO I

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ANEXO II

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ANEXO III

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ANEXO IV

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ANEXO V

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ANEXO VI

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ANEXO VII

Ver anexo en las páginas 27394-27420 del documento Descargar

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