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BOC-A-2024-163-2661.
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El Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, conforme con lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento de Control de Vertidos para la Protección del Dominio Público Hidráulico,
HACE SABER:
Que examinada la solicitud presentada por Disa Red de Servicios Petrolíferos, S.A., relativa a la obtención de autorización administrativa para la depuración y vertido de aguas depuradas asociadas a la estación depuradora de aguas residuales, individual, del Área de Servicio Playa Blanca Oeste, ubicada en la Avenida de Femés, n.º 21, parcela 788, polígono 3, en el municipio de Yaiza, con un caudal máximo de vertido de 7,37 m3/día, no interesándose constitución de servidumbre o declaración de utilidad pública a efectos expropiatorios, se somete la misma al trámite de información pública por plazo de treinta días.
Arrecife, a 25 de julio de 2024.- El Vicepresidente, Domingo Manuel Cejas Curbelo.
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