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BOC-A-2024-152-2455.
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Mediante Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 18 de junio de 2024, se aprobó el Protocolo de Actuación para garantizar la efectiva participación de las mujeres víctimas de violencia de género en los procesos selectivos de personal funcionario y laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
El apartado A.cuarto del citado Protocolo señala que la Dirección General de la Función Pública designará, de entre su personal, a una empleada pública responsable de la gestión confidencial de la participación de mujeres víctimas de violencia de género en procesos selectivos.
Se ha puesto de manifiesto que la idoneidad de la persona que acompañe a una mujer víctima de violencia de género en su participación en un proceso selectivo no radica en su pertenencia al sexo femenino, sino en su capacidad técnica para el abordaje de la situación, motivo por el que procede la modificación de la citada Resolución.
En virtud de lo anteriormente expuesto, en el uso de las atribuciones conferidas en materia de selección de personal funcionario y laboral,
RESUELVO:
Primero.- Modificación del anexo de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 18 de junio de 2024, por la que se aprobó el Protocolo de Actuación para garantizar la efectiva participación de las mujeres víctimas de violencia de género en los procesos selectivos de personal funcionario y laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias.
1. Se modifica el anexo de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 18 de junio de 2024, por la que se aprobó el Protocolo de Actuación para garantizar la efectiva participación de las mujeres víctimas de violencia de género en los procesos selectivos de personal funcionario y laboral de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su apartado A.4.1, que queda redactado en los siguientes términos:
“1. La Dirección General de la Función Pública designará, de entre su personal, a una persona gestora confidencial respecto a la participación de mujeres víctimas de violencia de género en procesos selectivos.”
2. El término gestora confidencial, incluido en otros apartados del Protocolo, hará en todo caso referencia a la persona designada como gestora confidencial.
Segundo.- Publicación.
La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de julio de 2024.- El Director General de la Función Pública, Francisco Javier Rodríguez del Castillo.
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