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BOC-A-2024-077-1336.
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Con fecha 8 de marzo de 2024, se publica en el Boletín Oficial de Canarias n.º 50 la Resolución de 28 de febrero de 2024, por la que se convocan las pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio (nivel 2) y Grado Superior (nivel 3) de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial, correspondientes al año 2024.
Segundo.- Se advirtieron errores materiales en la Instrucción II, segunda y novena, referidas, respectivamente, al procedimiento y publicación de las listas, y calendario de calificaciones y de reclamaciones de notas, y el Anexo I sobre la emisión del certificado de las pruebas de acceso, publicándose esta corrección en la Resolución de 19 de marzo de 2024, por la que se corrigen errores en las instrucciones específicas de las pruebas de acceso a Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado D en los niveles 2 y 3, aprobadas por Resolución de 28 de febrero de 2024 (BOC n.º 50, de 8.3.2024). Sin embargo, se han detectado ciertas incongruencias de fechas en la Instrucción II, segunda, que obligan hacer una nueva corrección y, además, proceder a trasladar estas correcciones en su totalidad al Anexo I de la Resolución de 28 de febrero de 2024 que convoca estas pruebas.
FUNDAMENTO DE DERECHO
Único.- El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos”.
A este respecto, se han detectado errores materiales de hecho, que procede que sean subsanados, tanto en la Instrucción II, segunda, como en el Anexo I del calendario de las pruebas de acceso de las instrucciones dictadas en la Resolución de 28 de febrero de 2024.
En su virtud, y en uso de las competencias que tengo conferidas en base a lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias, y en el artículo 18 del Decreto 7/2021, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la extinta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, que asigna competencias generales y específicas a la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, adscrita a la actual Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes, de acuerdo con el artículo 7 del Decreto 41/2023, de 14 de julio, del Presidente, por el que se determinan las competencias de la Presidencia y Vicepresidencia, así como el número, denominación, competencias y orden de precedencias de las Consejerías (BOC n.º 138, de 15.7.2023),
RESUELVO:
Primero.- Corregir los errores materiales tanto en la Instrucción II, segunda, referida al procedimiento y publicación de las listas y en el Anexo I referido al calendario de las pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior de Formación Profesional de la Resolución de 28 de febrero de 2024, por la que se convocan las pruebas de acceso a los Ciclos Formativos de Grado Medio (nivel 2) y Grado Superior (nivel 3) de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial, correspondientes al año 2024, en los siguientes términos:
Donde dice:
“Segunda.- Procedimiento y publicación de listas.
2. Los centros publicarán las listas provisionales de admitidos y excluidos el día 6 de mayo de 2024.
(...)
4. Los centros docentes resolverán las reclamaciones y realizarán las correspondientes modificaciones en caso necesario en el procedimiento telemático. Para ello tendrán de plazo hasta el día 15 de mayo de 2024.
(...)”.
Debe decir:
“Segunda.- Procedimiento y publicación de listas.
(...)
2. Los centros publicarán las listas provisionales de admitidos y excluidos el día 7 de mayo de 2024.
(...)
4. Los centros docentes resolverán las reclamaciones y realizarán las correspondientes modificaciones en caso necesario en el procedimiento telemático. Para ello tendrán de plazo hasta el día 14 de mayo de 2024.
(...)”.
Donde dice:
ANEXO I
CALENDARIO DE PRUEBAS DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS
DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL
CURSO 2024/2025
Convocatoria Mayo 2024
Debe decir:
ANEXO I
CALENDARIO DE PRUEBAS DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS
DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL
CURSO 2024/2025
Convocatoria Mayo 2024
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Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, recurso de alzada ante la Viceconsejería de Formación Profesional y Cualificaciones Profesionales, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente interponer.
Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de abril de 2024.- La Directora General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, Ainhoa Molina León.
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